Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 01/10/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de septiembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Cádiz, dimanante del procedimiento verbal núm. 1153/2008. (PD. 2824/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Procedimiento: Juicio Verbal 1153/2008. Negociado: D.

De: Don Francisco Javier Romero Pérez.

Procuradora: Sra. Inmaculada González Domínguez.

Letrada: Sra. Josefa Vela Panes.

Contra: Doña Carmen Fernández Caballero.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 1153/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Cádiz a instancia de Francisco Javier Romero Pérez contra Carmen Fernández Caballero, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 513/2009

En Cádiz, uno de junio de dos mil nueve.

Vistos por mí, Concepción Carranza Herrera, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de los de Cádiz, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos a instancia de don Francisco J. Romero Pérez, representado por la Procuradora Sra. González Domínguez, asistido por la Letrada Sra. Vela Panés, contra doña Carmen Fernández Caballero, siendo el objeto del pleito resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por falta de pago de las rentas.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. González Domínguez, en nombre y representación de don Francisco J. Romero Pérez, contra doña Carmen Fernández Caballero, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado por la parte actora, declarando la resolución del contrato de arrendamiento que vincula a los litigantes, relativo a la vivienda sita en C/ Pintor Zuloaga, núm. 33, 8.º D, de esta ciudad, y en su virtud debo condenar y condeno a la demandada a que en el plazo fijado por la Ley, la deje libre y desocupada y a disposición del demandante, bajo apercibimiento de ser lanzado de ella judicialmente y con la imposición de costas ocasionadas en este juicio.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se habrá de preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Carmen Fernández Caballero, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a siete de septiembre de dos mil nueve.- La Secretario Judicial.

Descargar PDF