Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 23/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Orden de 9 de septiembre de 2009, por la que se autoriza la transmisión a favor de Radio Popular, S.A., de cuatrocientas noventa participaciones de la Sociedad Dial Doñana, S.L., constitutivas del 49% de su capital social. (PD. 3071/2009).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante solicitud dirigida a la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, don Francisco de la Cueva Olié y doña María del Carmen Fraile Camacho, en nombre y representación de Dial Doñana, S.L., solicitan autorización para la transmisión de cuatrocientas noventa participaciones de esta sociedad (49% de su capital social) a favor de Radio Popular, S.A.

Segundo. Con fecha 27 de marzo de 2009, por la Dirección General de Comunicación Social se ha solicitado a Dial Doñana, S.L., y a Radio Popular, S.A., determinada documentación para su incorporación al expediente. La documentación requerida ha sido aportada por aquella en escrito de 4 de mayo de 2009 y por esta en escrito de 6 de mayo siguiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 20.1 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia exige que «todos los actos o negocios jurídicos que impliquen una modificación en la titularidad de las acciones, participaciones o títulos equivalentes de las empresas concesionarias del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, así como las ampliaciones de capital cuando la suscripción de acciones o títulos equivalentes no se realice en idéntica proporción entre los propietarios del capital social, deberán ser autorizados por el Consejero de la Presidencia».

Segundo. Consta el informe del Consejo Audiovisual de Andalucía, emitido en cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 4.4 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía.

Examinado el expediente al efecto instruido, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Comunicación Social, en uso de las competencias conferidas por el citado artículo 20 del Decreto 174/2002, de 11 de junio,

DISPONGO

Autorizar la transmisión de cuatrocientas noventa participaciones de la sociedad Dial Doñana, S.L. (49% de su capital social), a favor Radio Popular, S.A.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. Ambos plazos deberán computarse a partir del día siguiente al del recibo de la notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 48.2 y 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de septiembre de 2009

Antonio Ávila Cano

Consejero de la Presidencia

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