Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de enero de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 978/2007. (PD. 191/2009).

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NIG: 4109142C20070031843.

Procedimiento: Juicio Verbal 978/2007. Negociado 5.

Sobre: Verbal.

De: Don José Luis de Mora Domínguez.

Procurador: Sr. Ignacio Espejo Ruiz.

Contra: Doña Rosa María Cremes Martínez, Mónica Cremes Martínez y Antonio Arenal Arenal.

EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento Juicio Verbal 978/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Veinte de Sevilla, a instancia de José Luis de Mora Domínguez contra Rosa María Cremes Martínez, Mónica Cremes Martínez y Antonio Arenal Arenal, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En Sevilla, a cuatro de noviembre de dos mil ocho.

El Sr. don Francisco Javier Sánchez Colinet, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veinte de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Verbal 978/07, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don José Luis de Mora Domínguez, con Procurador don Ignacio Espejo Ruiz y Letrado, y de otra como demandados doña Rosa M.ª Cremes Martínez, doña Mónica Cremes Martínez y don Antonio Arenal Arenal, con Procurador y Letrado, sobre Verbal y,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Ignacio Espejo Ruiz en nombre y representación de don José Luis de Mora Domínguez contra doña Rosa M.ª Cremes Martínez, doña Mónica Cremes Martínez y don Antonio Arenal Arenal, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 1.498,80 euros, intereses conforme al interés legal del dinero desde el día en que debió realizarse el abono de cada una de las cantidades hasta la demanda y los que se vayan produciendo de la cantidad principal y de los intereses hasta la fecha de esta sentencia, más las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a los demandados Rosa María Cremes Martínez y Mónica Cremes Martínez, que se encuentran en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Sevilla, a diecinueve de enero de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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