Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 27/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 5 de octubre de 2009, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías.

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Los puestos de trabajo de adscripción laboral, incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, presentan una disparidad respecto al requisito de experiencia exigida para el desempeño de los mismos. En algunos de estos puestos de trabajo no se exige experiencia, en otros puestos se exige un año de experiencia y en otros puestos de trabajo se exigen dos años.

Sin embargo, en todos los puestos de trabajo de adscripción laboral cuyo modo de acceso es mediante Provisión por Concurso, «PC» o mediante Selección según lo previsto en el Convenio, «S», se entiende que resulta innecesario incluir un requisito adicional de experiencia en la categoría profesional para el desempeño de estos puestos de trabajo.

Por lo tanto, los trabajadores clasificados en una determinada categoría profesional no deben acreditar una experiencia adicional para el desempeño de aquellos puestos de trabajo, cuyo modo de acceso es mediante Provisión por Concurso, «PC» o mediante Selección según lo previsto en el Convenio, «S», correspondientes a la misma categoría profesional, por lo que los requisitos de experiencia en estos puestos de adscripción laboral deben ser suprimidos.

Según lo previsto en el artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías.

Se suprime el requisito de experiencia exigida para el desempeño en los puestos de trabajo de adscripción laboral cuyo modo de acceso es mediante Provisión por Concurso, «PC» o mediante Selección según lo previsto en el Convenio, «S».

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 5 de octubre de 2009

BEGOÑA ÁLVAREZ CIVANTOS

Consejera de Justicia y Administración Pública

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