Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 03/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Secretaría General Técnica, para la adjudicación de becas destinadas a la Formación e Investigación.

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Por Orden de 21 de mayo de 2009 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se convocaron becas destinadas a la Formación e Investigación, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en dicha Orden.

De conformidad con la propuesta realizada por la Comisión de Selección prevista en el artículo 13 de la referida norma, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero. Adjudicar becas a las personas candidatas que a continuación se indican:

ÁREA DE ARCHIVO Y DOCUMENTACIÓN
DNI Apellidos Nombre Centro
de destino
26740350K PAYER GALLEGO Mª DOLORES D.P. GRANADA
75763211S MÁRQUEZ GALLARDO LAURA D.P. CÁDIZ
47003229S MARTÍN FERNÁNDEZ MARÍA VICTORIA SS.CC.
77331327Z VILLAR GÓMEZ MERCEDES D.P. JAÉN
76147105Q MARTÍNEZ GÓMEZ ALICIA D.P. ALMERÍA
75770480Q IGLESIAS BREA TAMARA D.P. SEVILLA
50603733F MUÑOZ ECIJA MARÍA TERESA D.P. MÁLAGA
14317244C ROMERO GABELLA JOSÉ MANUEL D.P. HUELVA
28639820J RUÍZ SOUMOSIERRA ELENA MARÍA D.P. CÓRDOBA
ÁREA DE ESTADÍSTICA
DNI Apellidos Nombre
47002694D MORIANA SOJO MANUELA
28489905N LARA MONTERO MARCO ANTONIO
ÁREA ECONÓMICA, CONTABLE Y ECONÓMICA-FINANCIERA
DNI Apellidos Nombre
28795248F ESCANCIANO TRIGO AURORA
ÁREA JURÍDICA
DNI Apellidos Nombre Centro
de destino
75133528A TOVAR BORRAJO MARÍA LUISA SS.CC.
53159939Q GUTIÉRREZ GARCÍA ALEXANDRA D.P. SEVILLA
48940598W DOMÍNGUEZ RUÍZ FERNANDO D.P. HUELVA
07016322B REDONDO ANDRADE BELÉN D.P. CÁDIZ
50979400S GOMARIZ GUERRERO LAURA D.P. CÓRDOBA
75244569T GARCÍA RECOVER EVA MARÍA D.P. ALMERÍA
28817518J TORRADO MACIAS MARÍA JESÚS D.P. MÁLAGA
75103802Q RUÍZ SÁNCHEZ MARÍA VIRGINIA D.P. JAÉN
74846940H SERRATO GÓMEZ ROCÍO D.P. GRANADA

Segundo. Las personas candidatas seleccionadas deberán comunicar su aceptación dentro del plazo de 5 días siguientes a la fecha de la publicación de la Resolución, de conformidad con el artículo 13.6 de la Orden de 21 de mayo de 2009.

Tercero. La actividad a realizar por los becarios/as será:

Área de Archivo y Documentación.

- Desarrollo de la investigación en el área Biblioteca y Edición de Publicaciones.

Área de Estadística.

- Realización de trabajos específicos en materia estadística.

- Realización de trabajos de recopilación, tratamiento y análisis de datos.

- Investigación en fuentes de información interna y externa y elaboración de bases de datos documentales.

Área Económica, Contable y Económica-Financiera.

- Desarrollo de la investigación en el área de la planificación económica de Andalucía.

- Formación en Áreas Contables y Económico-Financiera.

Área Jurídica.

- Desarrollo de formación e investigación en el área jurídica.

Cuarto. La duración inicial máxima de las becas será de doce meses, pudiendo prorrogarse por otros doce meses como máximo, iniciándose su ejecución el día de su aceptación.

Quinto. El gasto destinado a los beneficiarios de las ayudas asciende a la cantidad de trescientas diecinueve mil novecientas setenta y nueve con cincuenta y dos euros (319.979,52 euros) que se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria que se detalla a continuación, procediendo su distribución plurianual de acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

Año 2009: 01.11.00.01.00.8076.485.03.54.A.5 (79.994,88 €)1

Año 2010: 31.11.00.01.00.8076.485.03.54.A.5.2010 (239.984,64 €)

1 En este año 2010 habría que aplicarle la correspondiente subida del IPC

Sexto. Las becas serán abonadas por mensualidades vencidas, exceptuando la mensualidad de diciembre del año 2009, que se abonará en la última semana del mes, y distribuidas mensualmente, siendo el importe mensual de mil doscientos sesenta y nueve euros con setenta y seis (1.269,76 euros) a las que se les efectuará la correspondiente retención fiscal.

Séptimo. Los adjudicatarios de las becas deberán, inmediatamente antes de proceder a su aceptación, cumplimentar declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, deberán acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Octavo. Condiciones del disfrute de la beca que se imponen a los beneficiarios:

- La concesión y disfrute de las becas no implicará ningún tipo de relación laboral entre el beneficiario y la Junta de Andalucía.

- El disfrute de la beca comenzará al incorporarse el beneficiario al Centro Directivo correspondiente de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

- Los trabajos, estudios e informes realizados por el beneficiario serán propiedad de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Sólo podrá procederse a su publicación o difusión previa autorización expresa de la misma, en cuyo caso el beneficiario deberá hacer constar que la actividad se ha realizado mediante una beca de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

- El becario deberá cumplir el régimen de formación o de investigación que se establezca por el Centro Directivo correspondiente, y sus actividades se desarrollarán en el Centro administrativo y en el horario que se determine por aquellos, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.

- Para el caso de las becas del área de Estadística podrá establecerse la posibilidad de desarrollar los trabajos correspondientes bajo la modalidad de teletrabajo.

Noveno. Las personas beneficiarias deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la Orden de 21 de mayo de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas destinadas a la Formación e Investigación y se convocan becas para el ejercicio 2009.

Décimo. El beneficiario deberá presentar en el último mes de duración de la beca, una memoria justificativa de las actividades realizadas, como forma de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la beca y de la aplicación de los fondos percibidos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Secretario General Técnico en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de octubre de 2009.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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