Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 23/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de noviembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario 406/2007. (PD. 3703/2009).

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NIG: 2905442C20070000073.

De: Doña Victoria Urbano Fernández, don Juan José Buitrago Urbano y doña Gloria Buitrago Urbano.

Procurador: Sr. Ernesto del Moral Chaneta.

Contra: Sabine Brigitte Reichow, Gherorgue Popa, Vladimir Popa, Constanta Draghici (nacida Popa), Mioara Cazach (nacida Popa), Rodica Florica Popa, Alexandra Furnica (nacida Popa), Mircea Medrea y Nicolae-Bogdan Medrea.

Procuradora: Sra. María José Huéscar Durán.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 406/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Victoria Urbano Fernández, Juan José Buitrago Urbano y Gloria Buitrago Urbano, contra Sabine Brigitte Reichow, Gherorgue Popa, Vladimir Popa, Constanta Draghici (nacida Popa), Mioara Cazach (nacida Popa), Rodica Florica Popa, Alexandra Furnica (nacida Popa), Mircea Medrea y Nicolae-Bogdan Medrea sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«En Fuengirola, a treinta y uno de julio de dos mil nueve.

La Sra. doña Esperanza Brox Martorell, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos) y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 406/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes; de una, como demandantes, doña Victoria Urbano Fernández, don Juan José Buitrago Urbano y doña Gloria Buitrago Urbano, con Procurador don Ernesto del Moral Chaneta y Letrada doña Inmaculada Gálvez Torres; y de otra, como partes demandadas, doña Sabine Brigitte Reichow, con Procuradora doña María José Huéscar Durán y Letrada doña Carmen Fernández Amezcua; representando a su vez la Sra. Reichow a los siguientes codemandados: don Gherorgue Popa, don Vladimir Popa, doña Constanta Draghici (nacida Popa), doña Mioara Cazach (nacida Popa), doña Rodica Florica Popa, doña Alexandra Furnica (nacida Popa), doña Mircea Medrea y don Nicolae-Bogdan Medrea.

FALLO

Que desestimando como desestimo la demanda formulada por doña Victoria Urbano Fernández, don Juan José Buitrago Urbano y doña Gloria Buitrago Urbano frente a doña Sabine Brigitte Reichow debo declarar y declaro no haber lugar a las pretensiones en su contra formuladas, con imposición a la actora de las costas procesales a ésta causadas.

Y estimando la demanda frente a don Gherogue Popa, doña Constanta Draghici –nacida Popa–, don Vladimir Popa y doña Mioara Cazach, doña Rodica Florica Popa y doña Alexandra Fumica, doña Petra Mircea Medrea y don Nicolae-Bogdan Medrea, debo declarar y declaro que el dominio de la finca objeto de la litis correspondió a don Juan José Buitrago Zamora en virtud del contrato privado de compraventa de fecha 11.10.87, que la adquirió para su sociedad conyugal (casado con doña Victoria Eugenia Urbano Fernández), ordenando la rectificación del Registro de la Propiedad a fin de que coincida la realidad extrarregistral y la registral de la finca 11594-A del Registro de la Propiedad núm. Dos de Fuengirola, debiendo a tal efecto librarse los despachos oportunos. Con condena en costas a dichos demandados.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Gherorgue Popa, Vladimir Popa, Constanta Draghici (nacida Popa), Mioara Cazach (nacida Popa), Rodica Florica Popa, Alexandra Furnica (nacida Popa), Mircea Medrea y Nicolae-Bogdan Medrea, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a treinta de noviembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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