Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 24/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 18 de febrero de 2009, de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal que se cita.

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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. El apartado segundo del indicado artículo establece los extremos que toda disposición de creación o modificación de ficheros debe indicar.

El artículo 39.2 de la citada Ley Orgánica dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros que sean de titularidad de las Administraciones Públicas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica citada y en el ejercicio de las atribuciones conferidas de conformidad con el artículo 10.2 de la Ley 6/2007, de 26 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente disposición tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal denominado «Fichero de Gestión de Expedientes de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía», gestionado por la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía incluido en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En el Anexo de esta Resolución se describe el mismo, en los términos y con los extremos señalados en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2. Adopción de medidas.

El titular del órgano responsable del fichero adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la referida Ley Orgánica y en las demás normas vigentes.

Artículo 3. Derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos.

Los afectados del fichero podrán ejercer su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante la Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

Disposición adicional única. Inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos.

El fichero creado en esta Resolución será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por la Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia de Protección de Datos, de una copia de la presente disposición.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 18 de febrero de 2009.- La Directora-Gerente, Rocío Marcos Ortiz.

ANEXO

Fichero de datos de carácter personal de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía

Nombre: Fichero de Gestión de Expedientes de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

a) Órgano responsable: Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

b) Finalidad y usos: Registro y gestión de expedientes tramitados ante la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

c) Personas o colectivos origen de los datos: Ciudadanos y residentes, asociados o miembros, representantes legales y personas de contacto.

d) Procedimiento de recogida de datos: Aportación voluntaria del interesado o mediante requerimiento en virtud de la obligación legal de colaboración con la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

e) Estructura básica: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, imagen/voz, teléfono y dirección de correo electrónico.

f) Sistema de tratamiento: Mixto.

g) Comunicaciones de datos: No están previstas.

h) Transferencias internacionales: No están previstas.

i) Servicio ante el que el afectado puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Nivel medio.

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