Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 03/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 9 de febrero de 2009, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro docente privado de educación infantil «Duque de Fernán Núñez», de Fernán Núñez (Córdoba).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancias de la «Asociación de Padres y Madres Santa Marina», entidad titular del centro docente privado de educación infantil «Duque de Fernán Núñez», con domicilio en C/ Ronda de las Erillas, s/n, de Fernán Núñez (Córdoba), en solicitud de cambio de titularidad, mediante Acta de entrega, del centro docente privado de educación infantil «Duque de Fernán Núñez», como consecuencia del proceso de municipalización, a favor del Excmo. Ayuntamiento de Fernán Núñez (Córdoba) y, en su nombre, a su representante, doña Isabel Niñoles Fernández como Alcaldesa-Presidenta del mismo.

Resultando que el centro, con código 14000276, tiene autorización administrativa para 4 unidades de educación infantil de primer ciclo para 61 puestos escolares, por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 24 de enero de 2001 (BOJA de 27 de febrero).

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad del centro docente privado de educación infantil «Duque de Fernán Núñez», de Fernán Núñez (Córdoba), a favor de «Asociación de Padres y Madres Santa Marina».

Resultando que don Matías López Pérez, como Presidente de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos Santa Marina, mediante Acta de entrega, tras disolver dicha Asociación y de conformidad con sus Estatutos, cede la titularidad del centro al Excmo. Ayuntamiento de Fernán Núñez (Córdoba), quedando representada por doña Isabel Niñoles Fernández, en su calidad de Alcaldesa-Presidenta, que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 14 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de educación infantil «Duque de Fernán Núñez» de Fernán Núñez (Córdoba) que, en lo sucesivo, la ostentará el Excmo. Ayuntamiento de dicha ciudad que, como cesionario, queda subrogado en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica.

Denominación genérica: Escuela Infantil.

Denominación específica: Duque de Fernán Núñez.

Código de centro: 14000276.

Domicilio: C/ Ronda de las Erillas, s/n.

Localidad: Fernán Núñez.

Municipio: Fernán Núñez.

Provincia: Córdoba.

Titular: Excmo. Ayuntamiento de Fernán Núñez (Córdoba).

Composición resultante: 4 unidades de primer ciclo de la educación infantil para 61 puestos escolares.

Segundo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de febrero de 2009

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

Descargar PDF