Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 23 de febrero de 2009, de la Audiencia Provincial de Sevilla Sección Segunda, dimanante de Apelación Civil núm. 2765/2008. (PD. 577/2009).

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NIG: 4109137C20080000391.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelación Civil 2765/2008.

Asunto: 200291/2008.

Autos de: Procedimiento Ordinario 462/2003.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Dos de Lora del Río.

Negociado: 5N.

Apelante: Don Pedro Rodríguez Miranda y otros.

Procuradora: Sra. Pérez González, Macarena.

Apelada: Doña Carmen Padín Pérez.

Procuradora: Sra. Pilar Durán Ferreira.

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de apelación núm. 2765/08-N, dimanante de los autos núm. 462/03 del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Lora del Río, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositivas son del siguiente tenor:

«SENTENCIA NÚM. 87.

Audiencia Provincial Sevilla.

Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Presidente: Ilmo. Sr. don Manuel Damián Álvarez García. Magistrados: Ilmos. Sres. don Rafael Márquez Romero, don Carlos Piñol Rodríguez.

En la ciudad de Sevilla a veintitrés de febrero de dos mil nueve.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de doña Carmen Padín Pérez, que en el recurso es parte apelada, representada por la Procuradora doña Pilar Durán Ferreira, contra don Pedro Rodríguez Miranda, que en el recurso es parte apelante, representado por la Procuradora doña Macarena Pérez González, doña Rosario Rodríguez Miranda, que en el recurso en parte impugnante, representada por el Procurador don Manuel Luis Vázquez Almagro, y don José Rodríguez Miranda.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva es como sigue: «Que estimo la demanda formulada por doña Carmen Padín Pérez y condeno a don Pedro Rodríguez Miranda, doña Rosario Rodríguez Miranda y don José Rodríguez Miranda a que abonen, en la proporción en que los codemandados son herederos de don Pedro Rodríguez Dueñas, al actor en concepto de legado la cantidad de 17.158,78 euros más los gastos derivados de dicha entrega y a estar y pasar por esta declaración. Con imposición de costas a los codemandados, solidariamente».

Segundo. Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedó el recurso visto para sentencia.

Tercero. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Rafael Márquez Romero quien expresa el parecer del Tribunal.

Fallamos: Que desestimando el recurso deducido por la representación procesal de don Pedro Rodríguez Miranda, y la impugnación de la sentencia formulada por la representación procesal de doña Rosario Rodríguez Miranda contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Lora del Río, recaída en las actuaciones de que este Rollo dimana, debemos confirmar íntegramente dicha resolución, con imposición a la parte apelante e impugnante de las costas de esta segunda instancia.

Devuélvanse a su tiempo las actuaciones originales al Juzgado de donde proceden, con certificación literal de esta Resolución y despacho para su cumplimiento. Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y fírmamos.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que la dictó en lugar y fecha. Doy fe».

Y para que sirva de notificación al demandado don José Rodríguez Miranda, expido la presente en Sevilla a veintitrés de febrero de dos mil nueve.- El Secretario Judicial.

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