Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 13/03/2009

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Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 27 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se acuerda el inicio del trámite de subsanación de las solicitudes de aquellas entidades locales que no reúnen los requisitos exigidos en la normativa reguladora que se cita.

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Examinadas las solicitudes presentadas por Entidades Locales y sus Organismos Autónomos al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre de 2006), para la modalidad 4 (FDL): Fomento del Deporte Local, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Hacer pública la relación de las Entidades Locales y/o sus Organismos Autónomos, cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, con indicación de la falta a subsanar o, en su caso, de la documentación a aportar.

Segundo. Requerir a los interesados para que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, subsanen la falta o, en su caso, acompañen los documentos preceptivos, teniéndoles por desistidos de su petición si así no lo hicieran.

Tercero. La notificación de esta Resolución se hará mediante su exposición en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial y en la página web de la Consejería, en los términos del artículo 59.6.b de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con simultánea publicación de un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo establecido se computará a partir del día siguiente a la publicación de dicho extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 27 de febrero de 2009.- La Delegada, Rosario Ballester Angulo.

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