Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 17/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 19 de febrero de 2009, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Rota. (PP. 533/2009).

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De conformidad con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

A) Tarifa base

Tarifa 1

A.1.a. Km recorrido0,68 euros

A.1.b. Hora de espera16,37 euros

A.1.c. Carrera mínima3,30 euros

Tarifa 2

A.2.a. Km recorrido0,85 euros

A.2.b. Hora de espera20,46 euros

A.2.c. Carrera mínima4,10 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios realizados en sábados, domingos o días festivos, durante las 24 horas.

- Servicios nocturnos realizados en días laborables desde las 22,00 a las 6,00 horas.

B) Suplementos

B.1 Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,42 euros

C) Suplementos locales (sobre lo marcado en tarifas)

C.1. Servicios con origen o destino en la

Base Naval de Rota1,50 euros

C.2. Servicios con origen en la parada de la

Estación de Autobuses0,60 euros

C.3. Servicios interiores en Costa Ballena1,20 euros

C.4. Servicios con origen o destino en el

Puerto Deportivo de Rota0,60 euros

C.5. Ferias, romerías y similares40%

C.6. Semana Santa (lunes, martes y

miércoles), 24 y 31 de diciembre 20%

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de febrero de 2009.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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