Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 26/03/2009

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Ayuntamientos

Anuncio de 2 de marzo de 2009, del Ayuntamiento de Cúllar Vega, de bases para la selección de Oficial 1.ª Albañilería.

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BASES

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso de méritos de una plaza de Oficial 1.ª Albañilería, de la plantilla laboral del Ayuntamiento de Cúllar Vega, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2008, con las retribuciones que le correspondan según la normativa vigente.

Esta plaza está asimilada al subgrupo C2, de los establecidos en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

1.2. Al presente concurso de méritos le será aplicable la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico de la Función Pública, Ley 30/84 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, R.D.L. 781/86, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, y legislación laboral vigente, así como las bases de la presente convocatoria.

1.3. El contrato de trabajo será a jornada completa y el horario se adaptará a las exigencias técnicas de la programación general de este servicio.

1.4. Motivación: De conformidad con lo dispuesto en el art. 61.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril «los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán los de oposición, concurso-oposición, con las características establecidas en el apartado anterior, o concurso de valoración de méritos». En este sentido se opta por el sistema de concurso de valoración de méritos, considerando que la operatividad del puesto de trabajo en que se encuadra la plaza ofertada, exige su desempeño por personal que acrediten una formación y experiencia ya adquirida, al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios municipales, así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de la normal actividad de las mismas, lo que afectaría globalmente al funcionamiento de este Ayuntamiento.

2. Requisitos y condiciones que deben cumplir los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el proceso selectivo, los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 57 de la Ley 7/2007.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

c) Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad especificas previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. Todos los requisitos a los que se refiere la presente base, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3.º Presentación de solicitudes.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la punto 2 denominado «Condiciones de los aspirantes» referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde de la corporación y se presentaran en el Registro General del Ayuntamiento en horas de oficina (de conformidad con el modelo de Anexo I, de la presente convocatoria), acompañadas de:

- Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o tarjeta de identidad, la falta de este requisito, determinará la exclusión del aspirante.

- Resguardo de haber realizado el ingreso de los derechos de examen, que ascienden a 18 euros, conforme a la Ordenanza reguladora de la Tasa de los Derecho de Examen de este Ayuntamiento, en la cuenta num. 3023 0078 00 00781006705, a nombre del Ayuntamiento de Cúllar Vega (especificando que se trata del presente concurso). La falta de justificación del abono de los derechos de examen, que deberá acompañar la solicitud, determinará la exclusión del aspirante.

3.6. Los aspirantes, presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerar los documentos aportados.

3.7. Los documentos presentados deberán ser originales o bien fotocopias compulsadas por el organismo competente previa exhibición del original.

3.8. Los méritos y servicios a tener en cuenta en el concurso se han de referir a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose en el tablón de anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

4.3. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos.

4.4. Transcurrido el plazo y caso de no presentarse reclamación alguna la lista provisional de admitidos se convertirá en definitiva.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría tercera según lo estipulado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros.

Presidente: Un funcionario de Administración Local.

Vocales:

- Un funcionario de Administración Local.

- Un funcionario de Administración Local.

- Un funcionario del Ayuntamiento de Cúllar Vega.

- Un funcionario de la Junta de Andalucía.

Secretario: Un funcionario del Ayuntamiento de Cúllar Vega.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de los méritos a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y la mitad al menos de sus vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Podrá cualquier interesado promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en la circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

6. Sistema de selección y calificación.

El sistema de selección será el concurso y la baremación será la establecida para la plaza. El procedimiento de selección de los aspirantes será mediante el sistema de concurso libre constando de dos fases:

Fase 1.ª: Valoración méritos alegados por los/as aspirantes.

Fase 2.ª: Entrevista personal.

6.1. Fase 1.ª: Valoración de méritos alegados por los/as aspirantes (máximo 12 puntos).

Por cada año completo de servicios prestados en la Administración Pública Local, en plaza o puesto de Oficial 1.ª Albañil, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 1 punto por año completo.

Por cada año completo de servicios prestados en la Administración Pública distinta a la Administración Pública Local, en plaza o puesto de Oficial 1.ª Albañil, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismos competente: 0,5 punto por año completo

Por cada año completo de servicios prestados en Empresas Privadas en plaza o puesto de Oficial 1.ª Albañil, acreditado mediante contrato visado por el Inem y certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social: 0,25 puntos por año completo.

Como máximo se podrán obtener 12 puntos.

6.2. Fase 2.ª: Entrevista (máximo 4 puntos).

En esta fase del procedimiento selectivo, el Tribunal preguntará al aspirante sobre cuestiones relacionadas con su experiencia laboral, y acerca de las tareas propias del puesto al que aspira. Esta entrevista podrá puntuarse hasta un máximo de 4 puntos.

La actuación de los/as aspirantes en las entrevistas, se iniciará por orden alfabético del primer apellido, comenzando con la letra «X» Resolución de 21 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública (Boletín Oficial del Estado número 30, de 4 de febrero).

El lugar, día y hora de realización de las entrevistas, se determinará en la resolución de la Alcaldía por la que se aprueba la lista definitiva, que se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento. Así mismo deberá hacerse público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con al menos 3 días de antelación de la fecha de realización de la entrevista, las puntuaciones obtenidas en la baremación de los méritos presentados.

Los aspirantes deberán concurrir a la celebración de las entrevistas provistos de su DNI, quedando automáticamente excluidos/as de las mismas quienes no lo hicieran, salvo circunstancias de fuerza mayor acreditados conforme a derecho.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los miembros del Tribunal tuvieran conocimiento de que alguno/a de los/as aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia y constatación, deberá proponerse su exclusión al/la Presidente/a del Tribunal.

8. Puntuación y presentación de documentos.

El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. El opositor que no se halle incluido en la relación tendrá la consideración de no apto a todos los efectos.

Terminada la calificación del concurso, la cual será la suma de las puntuaciones obtenidas por la valoración de méritos y la entrevista personal, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la calificación final y la relación del aspirante propuesto por orden de puntuación final. El Tribunal elevará al Alcalde propuesta de contratación de personal laboral a favor del/la aspirante con mayor puntuación, siendo aquella de carácter vinculante. Dicha propuesta será publicada en el BOP.

Terminado el proceso selectivo, el/la aspirante propuesto/a una vez aportados los documentos a que se refiere el párrafo anterior, serán contratado/a como trabajador/a fijo de la plantilla del Ayuntamiento de Cúllar Vega.

10. Presentación de documentos.

10.1. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría General de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

10.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

10.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de las mismas se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la presente convocatoria, no podrán ser nombrados como contratados laborales fijos y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.4. El plazo para la firma del contrato laboral indefinido será de 30 días naturales al de la notificación al interesado del nombramiento como laboral fijo.

11. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los plazos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias puedan presentarse y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo del proceso selectivo. Cúllar Vega, 27 de octubre de 2008. Fdo.: El Alcalde.

ANEXO II

Modelo de solicitud

Don/Doña ..................................................... DNI .......................

Lugar a efectos de notificaciones ................................................

Población ....................................... Código Postal ......................

Provincia ................... Teléfono de contacto ...............................

Edad ................. Nacionalidad .....................................................

Convocatoria : Oficial 1.ª Albañilería. Fecha BOP ......................

Titulación .......................................................................................

Documentación que se adjunta:

1. Resguardo del ingreso de los derechos de examen.

2. Fotocopia del titulo exigido para el ingreso o documento oficial de solicitud.

3. ...................................................................................................

4. ...................................................................................................

5. ...................................................................................................

6. ...................................................................................................

El/la abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

En ............................ a ...... de ......................... de 200 ......

Firma

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Cúllar Vega (Granada)

Cúllar Vega, 2 de marzo de 2009.- El Alcalde, Juan de Dios Moreno Moreno.

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