Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén). (PD. 18/2009).

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La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, dispone en el artículo 26.3.a) que los Servicios de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia podrán ser explotados indirectamente, mediante concesión administrativa, por las Corporaciones Locales.

La Ley 11/1991, de 8 de abril, de Organización y Control de las Emisoras Municipales de Radiodifusión Sonora, configura el marco jurídico básico para hacer efectiva la prestación del Servicio de Radiodifusión Sonora por parte de los Ayuntamientos, que es desarrollado por el Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones Locales.

El Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, que establece las características técnicas de las emisoras correspondientes a las Corporaciones Locales.

Por Decreto 174/2002, de 11 de junio, se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios.

Y mediante la Orden de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de la Presidencia, se regula el procedimiento de concesión de dichas emisoras a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cumplimentados los requisitos y trámites previstos en los artículos 29 y 30 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, y 3 y 4.2 de la también citada Orden de la Consejería de la Presidencia, hecha consideración del interés público y social que representa el proyecto, de su viabilidad técnica y económica, así como la observancia de los requisitos establecidos en la legislación en vigor, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 22 de diciembre de 2008,

ACUERDO

Primero. Otorgar la concesión para el funcionamiento de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén), con las características técnicas que figuran en el Anexo a este Acuerdo.

Segundo. El otorgamiento de la concesión se determinará en el documento administrativo de gestión de servicios públicos, que se formalizará por la Consejería de la Presidencia y la representación del Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén).

Tercero. El plazo de vigencia de la concesión es de diez años, a contar desde la notificación del Acta de Conformidad Final, y podrá prorrogarse por períodos iguales, previa solicitud del concesionario con tres meses de antelación a la fecha de su término.

En todo caso, el concesionario queda obligado a garantizar la prestación continuada del servicio y a cumplir con los requisitos y condiciones de la concesión, tanto de carácter técnico como de organización y control, gestión y contenidos.

Cuarto. La frecuencia y características autorizadas a la emisora tienen el carácter de reserva provisional hasta tanto no se aprueben definitivamente.

Quinto. Cualquier modificación de las características técnicas establecidas, y de cuantas actuaciones puedan afectar a la gestión o funcionamiento de la emisora, habrán de ajustarse a lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre; en la Ley 11/1991, de 8 de abril; en el Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre; en el Decreto 174/2002, de 11 de junio; en la Orden de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de la Presidencia; y demás normas que puedan resultar de aplicación.

Sevilla, 22 de diciembre de 2008

manuel chaves gonzález

Presidente de la Junta de Andalucía

Gaspar zarrías arévalo

Vicepresidente Primero de la Junta de Andalucía

y Consejero de la Presidencia

ANEXO

AYUNTAMIENTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA AL QUE SE OTORGA CONCESIÓN DE EMISORA DE F.M., CON LA FRECUENCIA Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ESPECIFICADAS

Provincia: Jaén.

Localidad: Villanueva del Arzobispo.

F MHz: 107.6.

Longitud: 3W0038.

Latitud: 37N1015.

Cota: 687.

HEFM: 37,5.

PRAW: 50.

P: M.

D: N.

Leyenda de las características técnicas:

F MHz: Frecuencia de emisión, en megahertzios.

Longitud, latitud, cota: Coordenadas geográficas y cota del   centro emisor.

HEFM: Altura efectiva máxima de la antena, en metros.

PRAW: Potencia radiada aparente máxima, en vatios.

P: Polarización de la emisión; Mixta (M).

D: Características de radiación; No directiva (N).

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