Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 15 de diciembre de 2008, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, dimanante de apelación civil núm. 832/2006. (PD. 797/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906737C20060002799.

Núm. procedimiento: Apelación Civil núm. 832/2006.

Asunto: 400833/2006.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 645/2004.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Dos de Estepona.

Negociado: JD.

Apelante: Francisco Madueño González y Van Ameyde & Aficresa.

Procuradores: Nieves López Jiménez y Fco. José Martínez del Campo.

Abogados: Rambla Ramírez, Juan y Leopoldo García Sánchez.

Apelado: Don Piero Mastrangelo (en rebeldía).

EDICTO

Audiencia Provincial de Málaga 4.

Recurso: Recurso de Apelación Civil 832/2006.

Parte: Apelado, apelante y apelante.

Sobre:

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 616

Audiencia Provincial Málaga.

Sección Cuarta Audiencia Provincial de Málaga.

Presidente Ilmo. Sr.

Don Francisco Javier Arroyo Fiestas.

Magistrados, Ilmos. Sres.

Don Joaquín Delgado Baena.

Don Alejandro Martín Delgado.

Referencia:

Juzgado de procedencia: Juzgado Mixto núm. Dos de Estepona.

Rollo de apelación: Núm. 832/2006.

Juicio núm.: 645/2004.

En la Ciudad de Málaga a treinta de octubre de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Cuarta Audiencia Provincial de Málaga de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso don Francisco Madueño González y Van Ameyde & Aficresa que en la instancia fuera parte demandante/demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador doña López Jiménez, Nieves y don Martínez del Campo, Fco. José y defendido por el Letrado don Rambla Ramírez, Juan y don García Sánchez, Leopoldo. Es parte recurrida don Piero Mastrangelo (en rebeldía), que en la instancia ha litigado como parte demandada.

Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso de apelación planteado por la representación procesal de la entidad Van Ameyde & Afícresa, y estimando totalmente el planteado por la representación procesal de don Francisco Javier Mandueño González, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Estepona, debemos revocar y revocamos parcialmente la citada resolución en el sentido de fijar la cantidad a indemnizar a la actora en 13.074,6 €, con imposición de las costas procesales causadas a los demandados, confirmando el resto de la resolución en todos sus extremos. Todo ello sin hacer mención expresa sobre las costas procesales originadas en esta alzada.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de don Piero Mastrangelo el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

Málaga, quince de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario Judicial.

Descargar PDF