Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/04/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 23 de marzo de 2009, de la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío», por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de Jefe de Sección Facultativo de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Siendo precisa la cobertura de un puesto clasificado como Cargo Intermedio por la Orden de la Consejería de Salud de 5 de abril de 1990, por la que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío»

RESUELVE

Primero. Convocar concurso de méritos para la cobertura de un puesto, clasificado como cargo intermedio, de Jefe de Sección Facultativo de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

Segundo. Aprobar las bases del concurso que regirá la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II. En lo no previsto en los mismos se regirá por lo dispuesto en la Orden de 5 de abril de 1990, de la Consejería de Salud, en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo y en el resto de disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de marzo de 2009.- El Director Gerente, Joseba Barroeta Urquiza.

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE JEFE DE SECCIÓN FACULTATIVO DE EPOC Y REHABILITACIÓN RESPIRATORIA DEL SERVICIO DE NEUMOLOGÍA DE LOS HOSPITALES UNIVERSITARIOS «VIRGEN DEL ROCÍO»

1. Sistema de provisión.

La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos, que constará de dos fases: evaluación curricular y de las competencias profesionales y exposición de un proyecto de gestión relacionado con el cargo al que se opta.

1.1. Primera fase. Evaluación curricular y de las competencias profesionales. Consistirá en la evaluación curricular de los interesados, que permitirá conocer su experiencia y formación y en la evaluación de las competencias profesionales que permitirá conocer la pericia, la aptitud y la idoneidad acerca de las funciones a desarrollar en el puesto convocado, mediante la aplicación del baremo que se recoge como Anexo II a esta convocatoria.

1.2. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la primera fase será de sesenta puntos, desglosados en las siguientes puntuaciones máximas: evaluación curricular: 40 puntos y evaluación de las competencias profesionales: 20 puntos. Esta primera fase tiene carácter eliminatorio y para superarla deberá alcanzarse un mínimo de 10 puntos en el apartado correspondiente a la evaluación de las competencias profesionales que figuran en el citado Anexo II (apartado 2). Las competencias profesionales se valorarán por la Comisión de Selección mediante el procedimiento que considere más adecuado para contrastarlas.

1.3. Segunda fase. Proyecto de gestión. Superada la primera fase, cada candidato/a expondrá ante la Comisión de Selección un proyecto de gestión de la Sección de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología, cuyo contenido versará, al menos, sobre las siguientes cuestiones:

Descripción de la Unidad.

- Misión y valores.

- Cartera de clientes y de servicios.

- Organización de la actividad asistencial.

Planificación estratégica.

- Visión.

- Líneas estratégicas.

- Plan de calidad.

- Objetivos 2009-2012.

• Asistenciales.

• Docentes.

• Investigación.

- Estructura de gasto 2009-2012.

- Plan de formación y desarrollo profesional.

- Cronograma definido con tareas y presupuestos.

Evaluación.

- Metodología.

- Cuadro de indicadores.

La exposición del proyecto de gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones de la Comisión de Selección.

1.4. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la segunda fase será de cuarenta puntos.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

2.1. Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa (65 años).

2.2. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega, de Liechtenstein o de la República de Islandia; ser cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge de los españoles, o de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega, Liechtenstein o de la República de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.3. Estar en posesión de la titulación de Licenciado en Medicina y Cirugía y de especialista en Neumología expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.5. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.6. En los casos de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.2, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos de un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de algunas de las Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

2.7. Tener un mínimo de tres años de experiencia profesional en la especialidad del cargo que se convoca en Centros e Instituciones Sanitarias.

3. Características y funciones del puesto convocado.

3.1. Características:

3.1.1. Denominación: Jefatura de Sección de Sección de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología.

3.1.2. Dependencia orgánica: Dirección Médica.

3.1.3. Dependencia funcional: Servicio de Neumología.

3.1.4. Destino: Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

3.1.5. Grupo Retributivo: A.

3.1.6. Nivel: 26.

3.2. Funciones:

- Desempeño del puesto de Jefe de Sección de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología, atendiendo a desarrollar y alcanzar los objetivos del proyecto de gestión, organizando, evaluando y coordinando las actividades de los integrantes de la Sección.

- Realización de las tareas de su competencia encargadas por la Dirección del Centro.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en la unidad/servicio, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de prevención de riesgos laborales.

3.3. Las retribuciones serán las establecidas para el cargo en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud.

4. Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en la presente convocatoria como Anexo I, que se podrá elaborar por los propios interesados u obtenerla en la Unidad de Atención al Profesional o en el Registro General de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

4.2. A la solicitud acompañarán la siguiente documentación:

4.2.1. Fotocopia del DNI.

4.2.2.Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.

4.2.3. Relación de los méritos alegados y original o copia compulsada de las certificaciones o acreditaciones de los de los citados méritos.

4.2.4. Proyecto de gestión relacionado con el cargo que se opta, cuyo contenido mínimo se recoge en el apartado 1.3 de esta convocatoria.

4.2.5. La acreditación del requisito establecido en el apartado 2.5 se efectuará en el momento de la toma de posesión.

4.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

4.4. Las solicitudes se dirigirán al Director Gerente de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío» y se presentarán en el Registro General de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío», sito en Avda. de Manuel Siurot, s/n, de Sevilla, C.P. 41.013, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

5. Admisión de solicitudes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío» aprobará resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos, con expresión del nombre, apellidos y causa de exclusión, en su caso. En dicha Resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el punto 6 de esta convocatoria.

5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío» y en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), considerándose dicha publicación como requerimiento a los interesados, a los efectos previstos en la Ley 30/1992. Contra la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

5.3. Transcurrido el plazo de reclamación contra la lista provisional, y una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos.

5.4. Una vez publicado el listado definitivo se constituirá la Comisión de Selección, al objeto de proceder a la valoración de los aspirantes admitidos en las distintas fases del proceso de selección.

6. Comisión de Selección.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 75/2007, la composición de la Comisión de Selección será la siguiente: la Presidencia será desempeñada por el Director Gerente de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío» o persona en quién delegue; cuatro Vocalías designadas por la persona que ejerce la Presidencia con las siguientes características:

1.º Una vocalía de entre las personas integrantes del equipo de dirección del centro sanitario.

2.º Una vocalía designada por la Junta Facultativa.

3.º Una vocalía de entre los cargos intermedios de igual o mayor jerarquía a la del puesto que se ha de proveer y de la misma área funcional a la que esté adscrito.

4.º Una vocalía a propuesta de la Sociedad Científica correspondiente al área de conocimiento en la que se inserte el puesto que se ha de proveer.

La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la gestión de los recursos humanos del centro sanitario o persona en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.

6.2. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.

6.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia del área hospitalaria, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán promover recusación de los miembros de la Comisión de Selección en los casos previstos en el párrafo anterior.

6.4. La composición de la Comisión de Selección atenderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el artículo 12.4 del Decreto 75/2007.

6.5. Las funciones de la Comisión de Selección serán las previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 del Decreto 75/2007.

7. Publicidad de la convocatoria.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web del Servicio Andaluz de Salud, así como en los tablones de anuncios de todos los centros sanitarios del Área de Salud correspondiente y se remitirá para su publicación al Servicio Andaluz de Empleo de la provincia de Sevilla.

8. Desarrollo del proceso selectivo.

8.1. Tras la publicación del listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la Comisión de Selección iniciará el proceso selectivo conforme a lo previsto en el apartado 1 de esta convocatoria y elevará a la Dirección Gerencia del Hospital la propuesta de resolución provisional del concurso de méritos, con indicación de la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. Dicha resolución podrá, motivadamente, declarar desierto el cargo a proveer, cuando no concurran personas idóneas para su desempeño de acuerdo con los requisitos de la convocatoria.

8.2. La Dirección Gerencia del Hospital dictará resolución provisional con la propuesta de la Comisión de Selección, que será publicada en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la misma.

8.3. La resolución definitiva será motivada, incluirá respuestas a las alegaciones presentadas a la resolución provisional y contendrá el nombramiento de la persona que haya obtenido mayor puntuación o, en caso contrario, declarará desierta la convocatoria. Esta resolución definitiva será publicada en los lugares citados en el apartado anterior.

8.4. La resolución definitiva se dictará por la Dirección Gerencia en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la inserción en el BOJA de la convocatoria. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud.

8.5. Transcurrido el plazo a que se alude en el apartado anterior, sin que se haya publicado la resolución del concurso, las personas aspirantes que hubieran participado en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

9. Nombramiento, régimen de dedicación, evaluación y efectos.

9.1. La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del puesto por un período de cuatro años de duración, que habrá de ser, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Andaluz de Salud, y que, en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular.

9.2. Al personal del Servicio Andaluz de Salud que resulte nombrado con arreglo a lo establecido en el apartado anterior, se le reservará la plaza de origen, siempre que la ostente con carácter definitivo, o aquella que durante el desempeño del cargo pudiera obtener en concurso de traslado. Si la ostenta con destino provisional o en interinidad, la reserva de la plaza de origen quedará condicionada al propio carácter de provisionalidad del destino, o en el caso de tratarse de un nombramiento de interino quedará reservada, mientras tanto no sea cubierta por el procedimiento reglamentario correspondiente o se proceda a su amortización.

9.3. De resultar designado una persona procedente de otro Servicio de Salud, quedará en su plaza de origen en la situación administrativa que le corresponda, perdiendo todo vínculo con el Servicio Andaluz de Salud, en el caso de no superar las evaluaciones que correspondan o ser cesada por cualquier otra de las causas previstas en el artículo 16 del Decreto 75/2007.

9.4. A efectos de su continuidad en el puesto, la persona que resulte nombrada deberá superar la evaluación que se llevará a cabo al final de cada período de cuatro años de desempeño efectivo del puesto y que consistirá en la evaluación del desempeño profesional y de los objetivos de la unidad en la que ejerza su actividad. Superada favorablemente la misma, se prorrogará el nombramiento por un nuevo período de cuatro años. La evaluación se llevará a cabo por una Comisión de Evaluación de igual composición a la prevista en el apartado 6 de esta convocatoria.

9.5. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que afecten al buen funcionamiento del servicio y aun cuando no hayan transcurridos los cuatro años de desempeño efectivo del puesto, la Dirección Gerencia del Centro podrá instar la evaluación, conforme a lo previsto en el artículo 15.2 del Decreto 75/2007.

9.6. El personal así nombrado podrá cesar por renuncia al puesto, por no superar la evaluación a que se refieren los apartados anteriores o por sanción disciplinaria firme de separación del servicio.

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE CARGO INTERMEDIO

Don/Doña ....................................................................................,

con DNI número ...................... y domicilio en ............................

........................................, número de teléfono ...........................,

en posesión del título académico de ...........................................

SOLICITA

Participar en la convocatoria pública para la provisión del puesto de Jefe de Sección Facultativo de EPOC y Rehabilitación Respiratoria del Servicio de Neumología, convocada mediante Resolución de la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío» de fecha 23 de marzo de 2009, y publicada en el BOJA núm. .........., de fecha ............................., para lo cual, aporta la siguiente documentación (enumerar):

Fecha y firma

Sr. Director Gerente de los Hospitales Universitarios «Virgen del Rocío».

ANEXO II

BAREMO PARA LA EVALUACIÓN CURRICULAR Y DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES

1. Evaluación curricular (máximo 40 puntos).

1.1. Innovaciones en la organización asistencial iniciadas o mantenidas en los últimos diez años: 7 puntos.

1.2. Realización especialidad programa MIR: 2 puntos.

1.3. Tutor de médicos residentes en la especialidad correspondiente en los últimos diez años: 1,5 puntos (0,5 por año).

1.4. Estudios del doctorado: máximo 1,5 puntos.

1.4.1. Grado de doctor: 1 punto.

1.4.2. Sobresaliente cum laude 1,5 puntos.

1.5. Profesor de Universidad en los últimos diez años (el item con mayor puntuación excluye a los otros): Máximo 3 puntos.

1.5.1. Profesor Asociado con plaza concomitante en la especialidad: 1 punto (0,25 puntos por año).

1.5.2. Profesor Titular con plaza vinculada en la especialidad: 2 puntos (0,5 puntos por año).

1.5.3. Catedrático con plaza vinculada en la especialidad: 3 puntos (0,75 puntos por año).

1.6. Aportaciones científicas en los últimos diez años: Máximo 18 puntos

1.6.1. Artículos en revistas con factor impacto según la última edición disponible del Journal Citation Reports-Sciencie Index: 15 puntos.

1.6.2. Otras aportaciones cientificas: 3 puntos.

1.6.2.1. Artículos en revistas sin factor impacto: 0,2 puntos.

1.6.2.2. Capítulo en libros internacionales: 0,5 puntos.

1.6.2.3. Capítulo en libros nacionales: 0,2 puntos.

1.6.2.4. Comunicación en congresos internacionales: 0,1 puntos.

1.6.2.5. Comunicación en congresos nacionales: 0,05 puntos.

1.7. Otros méritos de formación y científicos en los últimos diez años: Máximo 2 puntos.

1.7.1. Investigador principal de un proyecto de investigación financiado por agencia competitiva: 0,5 puntos.

1.7.2. Responsable de grupo de investigación reconocido por el Plan Andaluz de Investigación: 0,5 puntos.

1.7.3. Por cada seis meses de estancia en un centro extranjero mediante beca de ampliación de estudios o similar: 1 punto.

1.7.4. Por cada seis meses de estancia en un centro nacional mediante beca de ampliación de estudios o similar: 0,5 puntos.

1.7.5. Por cada patente relacionada con conocimientos de la especialidad: 0,2 puntos.

1.7.6. Por dirección de tesis doctorales: 0,5 puntos.

1.8. Actividades formativas en Gestión Clínica, Organización Sanitaria y/o Calidad Asistencia en los últimos diez años: Máximo 2 puntos.

1.8.1. Por cada 30 horas como discente: 0,5 puntos.

1.8.2. Por cada 5 horas como docente: 0,5 puntos.

1.9. Jefe de Servicio o Sección mediante concurso público: 3 puntos.

2. Evaluación de las competencias profesionales (máximo 20 puntos).

Se valorarán las siguientes competencias profesionales:

1. Orientación al ciudadano, respeto por los derechos de los pacientes.

2. Promoción de la Salud.

3. Atención al individuo y a la familia.

4. Gestión por proceso asistenciales.

5. Trabajo en equipo y relaciones interprofesionales.

6. Actitud de progreso y desarrollo profesional.

7. Compromiso con la docencia.

8. Compromiso con la investigación.

9. Uso eficiente de los recursos.

10. Orientación a resultados en el desempeño profesional.

Descargar PDF