Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 14/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 6 de marzo de 2009, por la que se concede una prórroga de la autorización temporal de enseñanzas al centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Rodolfo A. Sulit, como representante de la entidad First Step Horizons, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville», sito en Bollullos de la Mitación (Sevilla), Urbanización La Juliana, parcelas 40a y 40b, solicitando prórroga de la autorización temporal de enseñanzas, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que por Orden de 9 de diciembre de 2008, el centro, con código 41014672, contaba con autorización temporal, con validez hasta el 28 de febrero de 2009, para impartir las enseñanzas desde Nursery (Educación infantil de 3 años) hasta Year 9 (2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria) para 220 puestos escolares, dependiendo la prórroga de esta autorización, a partir de la fecha indicada, de una nueva inspección de los Servicios correspondientes.

Considerando que los Servicios correspondientes de la Embajada Británica han realizado una nueva inspección del centro, habiendo emitido informe que permite que se autorice lo solicitado por la titularidad del mismo.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, la prórroga hasta el 30 de junio de 2009, de la autorización temporal de enseñanzas del centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville», y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «Britannia, The British School of Seville».

Código: 41014672.

Titular: First Step Horizons, S.L.

Domicilio: Urbanización La Juliana, parcelas 40a y 40b.

Localidad: Bollullos de la Mitación.

Municipio: Bollullos de la Mitación.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas a impartir:

- Desde Nursery (Educación infantil de 3 años) hasta Year 9 (2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria).

Puestos escolares: 220.

Segundo. El centro docente privado extranjero «Britannia, the British School of Seville», deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de la lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno, de Conocimiento del medio natural, social y cultural y de ciencias sociales, geografía e historia, respectivamente, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización a la que se refiere esta Orden, tendrá validez temporal hasta el 30 de junio de 2009, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de la fecha indicada, la autorización dependerá de la nueva inspección de los Servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente prórroga y modificación se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de marzo de 2009

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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