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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General o Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.
La Secretaría General de esta Delegación es la responsable de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados en la misma con carácter general, por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Hacer público el Acuerdo de 15 de abril de 2007, de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias auténticas mediante cotejo en el personal que ocupa los puestos que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.
ANEXO QUE SE CITA
Acuerdo de 15 de abril de 2009, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo en Málaga, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en los puestos que se citan.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46 respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto a los originales, así como a la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados. Por todo ello,
ACUERDO
Primero. Las funciones de registro están atribuidas a las Secretarías Generales de las Delegaciones Provinciales en su ámbito territorial respectivo según establece el artículo 1.º, apartado 4, del Decreto 21/1985, de 5 de febrero, que regula las Secretarías Generales de las Delegaciones Provinciales. Asimismo, la competencia de la expedición de copias auténticas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo de los originales, atribuida a la Secretaría General de esta Delegación Provincial, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios y unidades administrativas con adscripción a esta Delegación Provincial, queda delegada en los funcionarios que desempeñan los puestos de trabajo que a continuación se citan:
CENTRO DE EMPLEO ANTEQUERA | |||
Código puesto | Denominación | Código puesto | Denominación |
8705710 | Director | 11611110 | Área de demandas |
8564710 | Jefe Área | 11102510 | Área acogida/información |
OFICINA EMPLEO ARCHIDONA | |||
8631010 | Director | 11103210 | Área intermediación |
8631810 | Jefe Área | ||
OFICINA EMPLEO CAMPILLOS | |||
12124210 | Director | 11104010 | Área intermediación |
8639110 | Jefe Área | ||
OFICINA EMPLEO ÁLORA | |||
8586110 | Director | 11108810 | Área intermediación |
8587910 | Jefe Área | ||
CENTRO EMPLEO COÍN | |||
8641410 | Director | 11611610 | Área intermediación |
8642510 | Jefe Área | 11107610 | Área acogida/información |
CENTRO EMPLEO MÁLAGA-GAMARRA | |||
8574510 | Director | 11606410 | Área demandas |
8575310 | Jefe Área | 11095110 | Área acogida/información |
CENTRO EMPLEO MÁLAGA-EL PALO | |||
8570310 | Director | 11093810 | Área demandas |
8570910 | Jefe Área | 11094010 | Área acogida/información |
CENTRO EMPLEO MÁLAGA-LA PAZ | |||
8621210 | Director | 11098510 | Área demandas |
8621710 | Jefe Área | 11098710 | Área acogida/información |
CENTRO EMPLEO MÁLAGA-CAPUCHINOS | |||
8562310 | Director | 11092010 | Área demandas |
8563110 | Jefe Área | 11092410 | Área acogida/información |
CENTRO EMPLEO MÁLAGA-LA UNIÓN | |||
8620310 | Director | 11100410 | Área acogidas/información |
11241710 | Área demandas | ||
CENTRO EMPLEO MÁLAGA AVDA. ANDALUCÍA | |||
8558910 | Director | 110091210 | Área demandas |
8559510 | Jefe Área | 11091410 | Área acogida/información |
OFICINA EMPLEO BENALMÁDENA | |||
8626610 | Director | 11087410 | Área intermediación |
OFICINA EMPLEO ESTEPONA | |||
8643810 | Director | 11087710 | Área intermediación |
8644610 | Jefe Área | ||
CENTRO EMPLEO FUENGIROLA | |||
11982310 | Director | 11606310 | Área demandas |
8633510 | Jefe Área | 11084510 | Área acogida/información |
OFICINA EMPLEO MARBELLA-LAS PALOMAS | |||
11085810 | Director | 11086110 | Área demandas |
11086310 | Área acogida/inform. | 8673710 | Jefe Área |
OFICINA EMPLEO MARBELLA-S. PEDRO ALCÁNTARA | |||
11205210 | Director | 11088310 | Área intermediación |
OFICINA EMPLEO TORREMOLINOS | |||
8635810 | Director | 11089510 | Área intermediación |
8636210 | Jefe Área | ||
CENTRO EMPLEO RONDA | |||
8580010 | Director | 11613710 | Área demandas |
8580510 | Jefe Área | 11105210 | Área acogida/información |
OFICINA EMPLEO NERJA | |||
8644910 | Director | 11081310 | Área intermediación |
8645210 | Jefe Área | ||
OFICINA EMPLEO TORROX | |||
8618210 | Director | 11082510 | Área intermediación |
8618810 | Jefe Área | ||
CENTRO EMPLEO VÉLEZ-MÁLAGA | |||
8583110 | Director | 11078910 | Área demandas |
11079310 | Área acogida/inform. |
Segundo. La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar tal circunstancia.
Cuarto. Queda expresamente derogado el Acuerdo de 19 de diciembre de 2007, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de Málaga, publicado por Resolución de 20 de diciembre de 2007 (BOJA núm. 10, de 15 de enero. El Secretario General. Fdo.: Enrique Ruiz-Chena Martínez.
Málaga, 15 de abril de 2009.- El Delegado, P.D. (Res. de 27.10.2008), el Secretario General, Enrique Ruiz-Chena Martínez.
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