Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 08/05/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y los sellos del municipio de Vilches (Jaén).

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Expediente núm. 012/2009/SIM.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos de las mismas es privativo de ellas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 24 de marzo de 2009, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Vilches (Jaén) la inscripción de su escudo, bandera y sellos municipales en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda de la mencionada Ley, según el cual las Entidades Locales que ostentaran símbolos en virtud de uso o costumbre accederán al mencionado Registro supliendo la certificación establecida en el artículo 17.1 mediante estudio histórico justificativo, certificación de su vigencia, así como informe negativo de los extremos previstos en el artículo 13.

Emitido en sentido favorable dicho informe, se procede a la descripción de los mencionados símbolos:

- Escudo: Escudo cuartelado. En el primer cuartel: De gules o rojo, u castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. Partido de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado, armado de gules rojo y coronado de oro. En el segundo cuartel: De oro, cuatro palos, de gules o rojo. Partido de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color que es de sinople o verde. En el tercer cuartel: De gules o rojo un creciente, de plata. Cargado de una cruz latina de oro. En el cuarto cuartel: De azur o azul, un pendón guía, un báculo episcopal y una alabarda de oro. En el centro: Un escusón ovalado, de azur, con tres flores de lis de oro o amarillo bien ordenadas, dos y una; bordura lisa de gules o rojo, propio de la dinastía reinante. Contorno español y timbre de corona real cerrada.

- Bandera: Bandera de tafetán, cuadrada, con las esquinas inferiores redondeadas, con una composición heráldica a base de formas triangulares, que agrupadas en grupos de a cuatro, forman figuras a modo de puntas de diamante, y que van alternando los colores gules o rojo, azur o azul, sinople o verde y blanco, sin que vayan dos triángulos contiguos de igual color. Está dividida diagonalmente en cuatro campos por un sotuer de azur (a modo de cruz en aspa, formada por la superposición de una banda y una barra) cargadas de cuatro cruces de Calatrava en la banda, dos de oro o amarillo y otras dos de gules o rojo y en los extremos dos leones rampantes de oro. En la barra, cuatro cruces de Calatrava de gules y dos leones rampantes de oro en los extremos.

- Sellos: De dos tamaños; El mayor de 50 milímetros y el menor de 40 milímetros y de una sola cara. El campo del sello, espacio central destinado a la representatividad, contendrá el escudo municipal. La orla o corona circular del sello, estará separada del campo de éste por una grafía simple y rematada externamente por otra similar. Contendrá, rodeando el campo del sello, un solo anillo o franja, la siguiente inscripción: AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE VILCHES (Jaén).

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17, y en el punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el apartado k) del artículo 8 del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del Escudo, la Bandera y los Sellos del municipio de Vilches (Jaén) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de abril de 2009.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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