Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 2 de diciembre de 2008, de encomienda de gestión a la Agencia Pública Empresarial Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico para la restauración de quince bienes muebles del Patrimonio Histórico de Andalucía.

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El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico es una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 54.2.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La Ley 5/2007, de 26 de junio, la crea como entidad de derecho público y la dota de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines. Goza de patrimonio y administración propios, y queda adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de cultura. Por el Decreto 75/2008, de 4 de marzo, el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se adapta a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y se aprueban sus estatutos.

Tiene como fines la intervención, investigación, conservación y valorización del patrimonio cultural; así como la innovación, la transferencia de conocimiento y el establecimiento de pautas para la tutela del patrimonio cultural, a través de actuaciones y servicios especializados de documentación, intervención, formación y comunicación.

Según se establece en el artículo 4.1.l) de los Estatutos del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, será función del Instituto cualquiera que le sea encomendada por la Consejería competente en materia de cultura de conformidad con sus fines. Así, el Instituto deberá ejecutar, con carácter obligatorio, las actividades que le sean encomendadas por la Consejería de acuerdo con sus competencias. Los trabajos y actividades que realice el Instituto para la Consejería competente en materia de cultura serán considerados como realizados con los medios y por los servicios propios de esta última, a los efectos establecidos en la normativa de contratación pública.

Igualmente, entre las funciones del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico está el desarrollo de proyectos y actuaciones en materia de conservación y restauración del patrimonio histórico andaluz.

Mediante el Decreto 123/2008, de 29 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, se asignan a la Dirección General de Bienes Culturales, entre otras funciones, la conservación y restauración del patrimonio histórico andaluz.

Así, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas por el art. 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

DISPONGO

Primero. Actividad y objetivos a cumplir.

Se encomienda al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico la dirección y ejecución material del Proyecto de Intervención para la restauración de los siguientes bienes muebles del patrimonio histórico andaluz:

A) Restauración de doce (12) pinturas al óleo sobre lienzo representativas de las imágenes de los apóstoles, denominados «San Mateo» (899 x 673 mm), «San Simón» (918 x 677 mm), «Santo Tomás» (916 x 674 mm), «San Pablo» (910 x 675 mm), «San Pedro» (911 x 679 mm), «San Judas» (914 x 682 mm), «San Felipe» (904 x 682 mm), «San Andrés» (914 x 679 mm), «Santiago el Menor» (912 x 679 mm), «Santiago el Mayor» (913 x 682 mm), «San Bartolomé» (917 x 678 mm) y «San Juan Evangelista» (905 x 681 mm), obras originales del pintor Diego de Melgar (siglo XVII) y conservadas en el Camarín de Jesús Nazareno anexo a la Iglesia de San José de Jaén.

B) Restauración de una escultura en madera policromada denominada «Crucificado de la Buena Muerte» (230 x 170 x 50 cm) obra original del imaginero Jacinto Higueras Fuentes y conservada en la Catedral de Jaén.

C) Restauración de una escultura en pasta de caña de maíz policromada, denominada «Crucificado del Capítulo» (175 x 100 x 40 cm), obra mexicana del primer tercio del siglo XVII, conservada en la iglesia parroquial de Santo Domingo de Guzmán de Bornos (Cádiz).

D) Restauración de un grupo escultórico compuesto por dos imágenes en madera policromada denominadas «San José con el Niño en Brazos» (123 x 60 x 51 cm y 40 x 26 x 12 cm, respectivamente), obras originales del imaginero Francisco Antonio Ruiz Gijón, fechadas en 1678 y conservadas en la iglesia parroquial de San Nicolás de Bari de Sevilla.

Segundo. Régimen jurídico de la encomienda.

El régimen jurídico de la presente encomienda es el establecido en el artículo 25 de la Ley 24/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Plazo.

Los trabajos y actuaciones encomendados comenzarán en el mes de diciembre de 2008, y concluirán en el mes de abril de 2009, período durante el cual surtirá efectos la encomienda de gestión.

Cuarto. Presupuesto, financiación y calendario de las actuaciones encomendadas a la Agencia Pública Empresarial Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

La valoración total de los trabajos es de noventa y un mil ochocientos cuarenta y tres con siete euros (91.843,07 €), importe que incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Dicha cantidad será financiada con cargo al presupuesto de la Dirección General de Bienes Culturales en dos anualidades: 2008 por un importe total no superior a 57.763,26 euros, y 2009 por el importe restante que asciende a 34.079,81 euros, pudiendo adelantarse hasta un 50% del importe correspondiente de cada año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 24/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La encomienda se realizará con cargo a partida presupuestaria 03.671.00.45B de la Dirección General de Bienes Culturales.

Con este fin el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico podrá realizar las contrataciones necesarias para la debida realización de los trabajos encomendados teniendo en cuenta el marco de financiación del presupuesto técnico de actuación y con las limitaciones impuestas anualmente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en lo relativo al régimen de financiación de la actividad de las empresas públicas de la Junta de Andalucía, y de conformidad con los presupuestos detallados de los trabajos encomendados y el cronograma de las actuaciones que constan en el expediente.

Quinto. Gastos generales y corporativos.

En el presupuesto se ha incluido, en concepto de gastos generales y corporativos, un 6% adicional respecto al presupuesto de ejecución material de las actuaciones encomendadas.

Sexto. Abono de los trabajos.

El abono al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de los cometidos y trabajos encomendados mediante el presente encargo, se realizará conforme a la presentación de facturas a la Dirección General de Bienes Culturales.

Séptimo. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada. Habilitación a la Dirección General de Bienes Culturales.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico presentará informes de periodicidad semestral a la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Bienes Culturales, comprensivos del nivel de ejecución y del estado de los trabajos encomendados, así como del calendario previsto para la finalización de los mismos.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de los trabajos objeto de la presente encomienda de gestión. Para ello diseñará y planificará los objetivos y estrategias a los que deben ajustarse los mismos; los supervisará y hará un seguimiento continuo de las actividades desarrolladas; y contratará cuantos servicios y suministros, que no estando incluidos en el Proyecto de Intervención, sean necesarios para el apoyo y correcta ejecución de los trabajos encomendados.

Sevilla, 2 de diciembre de 2008

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

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