Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2009

3. Otras disposiciones

Empresas Públicas

Resolución de 4 de mayo de 2009, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por la que se revoca la de 26 de septiembre de 2003, en cuya virtud se delegaban competencias administrativas en materia de gestión y administración del Parque Público de Viviendas de Promoción Pública.

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Los vigentes Estatutos de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, aprobados por Decreto 113/1991, de 21 de mayo, regulan el objeto de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1/1985, de 11 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1985, y el artículo único de la Ley 5/1990, de 21 de mayo, por la que se atribuye a la Junta de Andalucía la condición de promotor público de actuaciones protegibles. La disposición adicional vigésimo primera de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de nuestra Comunidad Autónoma para 1996, posibilitó la cesión de titularidad de bienes inmuebles a la empresa para el cumplimiento de sus fines, y el artículo 33 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, estableció como integrante del objeto de la Empresa, la administración y gestión del patrimonio que constituye el parque de viviendas de protección oficial de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como los locales comerciales, los garajes vinculados o no a ellas y las edificaciones complementarias de la correspondiente promoción cuya titularidad o gestión haya sido cedida por el Consejo de Gobierno, así como el ejercicio de las potestades administrativas atribuidas o delegadas, incluida la sancionadora, en relación a su objeto.

Hasta el momento las transferencias a favor de la Empresa en materia del parque de viviendas de protección oficial de promoción pública se han llevado a efecto, entre otras disposiciones, a través del Decreto 210/1999, de 5 de octubre, y del Decreto 258/2002, de 15 de octubre. Ambas normas señalan en sus artículos segundo y tercero que la cesión de titularidad dominical de los grupos de viviendas de promoción pública implica la subrogación de la Empresa en la posición jurídica de la Comunidad Autónoma de Andalucía como titular del patrimonio cedido. Además se atribuyen al Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía todas las competencias administrativas de gestión y administración del patrimonio transferido, que deben ser ejercidas con plena sujeción a la normativa de viviendas de protección oficial vigente en Andalucía, a cuyos efectos la Empresa tiene la condición de Administración titular del parque cuya titularidad ha recibido.

Con fecha 26 de septiembre de 2003 se dictó Resolución del Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía por la que se delegaron en el Delegado de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Cádiz competencias administrativas en materia de gestión y administración del Parque Público de Viviendas de Promoción Pública.

Actualmente, razones de eficacia aconsejan dar un tratamiento único a la gestión del Parque Público de Viviendas de Promoción Pública en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, por lo que procede dejar sin efecto la delegación de competencias efectuada en virtud de la citada Resolución de 26 de septiembre de 2003, de manera que las mismas vuelvan a ser ejercitadas por el Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, y en ejercicio de las facultades legalmente atribuidas, por el Director de la Empresa se dispone:

Primero. Revocar y dejar sin efecto la Resolución de 26 de septiembre de 2003, por la que se delegaban en el Delegado de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Cádiz competencias administrativas en materia de gestión y administración del Parque Público de Viviendas de Promoción Pública.

Disposición final. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de mayo de 2009.- El Director, Jorge F. Cara Rodríguez.

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