Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 21/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se encomienda a la Fundación Centro de Estudios Andaluces, la gestión de un servicio de estudio de obtención de datos para la actividad estadística de la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía.

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Según lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 167/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, compete a este Organismo las competencias en materia de Modernización de los Servicios Públicos recogidas en el Capítulo VII del Título IV del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Dentro del ámbito de actuación de esta Consejería se han dado las circunstancias que se exponen a continuación, que suponen una necesidad a satisfacer y justifican la iniciación de un expediente de encomienda de gestión.

La Estrategia para la Modernización de los Servicios Públicos para 2006-2010, aprobada por el Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2006, desarrolla una serie de iniciativas encaminadas a la articulación de un sistema efectivo para la observación de la calidad de los servicios públicos y la administración electrónica, significándose como uno de los ejes estratégicos de los procesos de modernización de la Administración Publica Autonómica, bajo fundamentales criterios de excelencia y orientación a la ciudadanía.

Por otro lado, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, señala en su exposición de motivos que «se apuesta por una Administración más ágil y cercana al ciudadano, configurando un modelo organizativo que conjugue los principios de eficacia, eficiencia, igualdad de trato entre hombres y mujeres y la modernización del aparato administrativo, con la mejora continuada de la calidad de los servicios y la adopción de las nuevas tecnologías en orden a simplificar la gestión administrativa».

En el Decreto 317/2003, de 18 de noviembre por el que se regulan las Cartas de Servicios, el Sistema de Evaluación de la Calidad de los Servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos, establece en su artículo 12 que, la evaluación de la calidad constituye un proceso que engloba el diagnóstico sobre los niveles efectivos de prestación de los servicios y su relación con las expectativas de los ciudadanos, así como la medición del grado de cumplimiento de los compromisos declarados.

Según el Decreto 15/2009, de 20 de enero, por el que se aprueba el Programa Estadístico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, éste se encuentra integrado por el conjunto de actividades estadísticas contenidas en el Anexo I del presente Decreto. Todas las actividades estadísticas incluidas en los Anexos del presente Decreto tienen la consideración de estadísticas oficiales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 12.4 del Plan Estadístico de Andalucía para los años 2007-2010, aprobado por la Ley 4/2007, de 4 de abril. El artículo 5 del Decreto 15/2009 contiene las actividades estadísticas que han de llevarse a cabo en dicho año por las distintas Consejerías, agencias y demás entes instrumentales dependientes de éstas, estableciéndose las actividades estadísticas de la Consejería de Justicia y Administración Pública en el Anexo I.6 y, considerándose a tal Consejería, según el artículo 3 del Decreto 15/2009, como sujeto informante, es decir, sujeto que debe suministrar la información para la ejecución de cada una de las actividades estadísticas estipuladas.

Por otro lado, según el Decreto 167/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos tiene encomendadas las competencias en materia de “establecimiento y ejecución de los planes, medidas y actividades tendentes a mejorar el rendimiento de los servicios y la eficacia de los mismos».

La Fundación Centro de Estudios Andaluces es una entidad de carácter científico y cultural, sin ánimo de lucro, constituida por la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la Constitución Española, el artículo 35 del Código Civil, el artículo 8 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 8 de la Ley 10/2005, de 30 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Constituye el objeto de esta fundación, según el artículo 4 de sus Estatutos, el fomento de los estudios e investigaciones científicas que contribuyan a un mejor conocimiento de Andalucía y a la difusión de dicho conocimiento, a través, entre otros, de la formación de un cuerpo de conocimientos sobre la realidad social, económica y cultural de Andalucía y, de la elaboración de investigaciones propias sobre temas de interés general para Andalucía.

Dado que la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos demanda para el desarrollo de la actividad estadística de la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía conforme al Programa Estadístico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, unos medios personales con un alto grado de especialización, y teniendo en cuenta el objeto de la Fundación Centro de Estudios Andaluces, resulta aconsejable encomendar a dicha Fundación las actuaciones de estudio para la obtención de datos sobre la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía.

El objeto de la encomienda es el estudio de obtención de datos para la actividad estadística de la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía.

Mediante la realización de los trabajos encomendados se pretenden obtener datos estadísticos sobre la calidad percibida de la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía, resultantes de la elaboración de los siguientes estudios:

- Un barómetro anual referente a la opinión y la satisfacción de la ciudadanía sobre los Servicios Públicos andaluces.

- Un estudio estadístico de carácter trianual sobre las expectativas de los diferentes grupos de interés en relación a los Servicios Públicos andaluces.

Con estos estudios estadísticos se contribuirá a describir y analizar la satisfacción y las expectativas de la ciudadanía y otros grupos de interés sobre el estado de los Servicios Públicos andaluces, a observar la evolución de dicha percepción a lo largo del tiempo y a identificar necesidades y demandas emergentes de la población en materia de servicios públicos.

Las actuaciones necesarias para que se puedan alcanzar los objetivos planteados se concretan en los siguientes aspectos:

1. Realización de un estudio, en base a una encuesta/cuestionario, sobre la opinión y satisfacción de la ciudadanía andaluza en relación a los servicios públicos y su modernización a través del Barómetro del Observatorio para la mejora de los Servicios Públicos.

2. Estudiar la percepción y las expectativas en relación a la calidad de los Servicios Públicos de la Junta de Andalucía, mediante una encuesta/cuestionario y el Banco de Expectativas del Observatorio para la mejora de los Servicios Públicos.

3. Proporcionar los datos obtenidos de los estudios del Barómetro y Banco de Expectativas al proyecto de actividad estadísticas de la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía.

DISPONGO

1.º Encomendar a la Fundación Centro de Estudios Andaluces la ejecución de un servicio de obtención de datos para la actividad estadística de la calidad percibida por la ciudadanía sobre la Administración de la Junta de Andalucía.

2.º Establecer como plazo de ejecución nueve meses, desde el día después a la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio de que, transcurrido dicho plazo, mediante Resolución de la Consejería de Justicia y Administración Pública, pueda acordarse una nueva Encomienda con las modificaciones que en su caso, se decidan.

3.º Designar como Director de la encomienda a doña Esperanza Álvarez Molina, Jefa de Servicio de Participación Ciudadana y Observatorio para la Calidad de la CJAP.

4.º El presupuesto para la realización de los mismos se fija en ciento tres mil trescientos cuarenta y siete euros con ochenta y un céntimos (103.347,81 euros).

El mencionado presupuesto se distribuye en las siguientes anualidades:

Ejercicio APLICACIÓN IMPORTE
2009 0113000100.227.06.12 A 40.747,81 euros
2010 3113000100.227.06. 12 A 2010 62.600,00 euros

5.º El pago se realizará de la siguiente forma:

1. En el mes siguiente de la publicación de la encomienda se abonará un anticipo del 20% del total de la encomienda, por importe de veinte mil seiscientos sesenta y nueve euros con cincuenta y seis céntimos (20.669,56 euros), que se justificará a los tres meses de su abono. La justificación y abono del trabajo realizado se realizará mediante la previa presentación ante la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos, de un informe relativo a las actuaciones llevadas a cabo con una relación valorada de los gastos incurridos en la ejecución de la actividad encomendada en concepto de justificación.

2. Un abono de veinte mil setenta y ocho euros y veinticinco céntimos (20.078,25 euros) que se realizará a partir del día 10 de diciembre de 2009, conforme a la actuación realizada y previa presentación de la justificación del trabajo realizado. La justificación para el abono del trabajo realizado se realizará mediante la previa presentación ante la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos, de un informe relativo a las actuaciones llevadas a cabo con una relación valorada de los gastos incurridos en la ejecución de la actividad encomendada en concepto de justificación.

3. El resto, por importe de sesenta y dos mil seiscientos euros (62.600,00 euros), se abonará conforme a la actuación efectivamente realizada y previa presentación ante la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos, a la finalización de la encomienda, de un informe relativo a las actuaciones llevadas a cabo con una relación valorada de los gastos incurridos en la ejecución de la actividad encomendada en concepto de justificación.

4. La Fundación percibirá un 5% del presupuesto en concepto de gastos generales y corporativos, lo que en ningún caso junto con el resto de los gastos imputados podrá suponer la superación del límite de presupuesto autorizado.

Sevilla, 25 de noviembre de 2009.- La Secretaria General Técnica, María Pérez Porras.

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