Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 27/12/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Orden de 17 de diciembre de 2010, por la que se derogan la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se articula la estrategia de turismo sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, la Orden de 12 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de turismo, la Orden de 9 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía y la Orden de 15 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte.

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La Orden de 9 de noviembre de 2006, vino a articular la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y a instrumentar medidas para su desarrollo. Igualmente, mediante Orden de 12 de noviembre de 2009, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de turismo. Así mismo, mediante Orden de 9 de diciembre de 2009, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía. Por último, por Orden de 15 de diciembre de 2009, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte.

El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, ha aprobado el nuevo Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. El citado Decreto establece en su disposición transitoria primera que las bases reguladoras de las subvenciones deberán adaptarse a lo dispuesto en el Reglamento en el plazo de seis meses desde su publicación.

Las Órdenes citadas vienen afectadas por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo y, en consecuencia, procedería su adaptación al nuevo cuerpo normativo con anterioridad a una nueva convocatoria. A esta necesidad de modificación de las bases reguladoras se añade la de la adaptación de las mismas a las modalidades que para el año 2010 está previsto convocar.

Por todo ello se ha considerado mas adecuado la derogación de las citadas Ordenes reguladoras de las subvenciones del ámbito competencial de esta Consejería, para proceder a su sustitución por unas nuevas que a la vez que se adapten a las nuevas necesidades, se adecuen a la nueva regulación introducida por dicho Decreto y encaucen, asimismo, su adaptación a las Órdenes de 30 de agosto de 2010, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo para la concesión de subvenciones en los regímenes de concurrencia competitiva y no competitiva.

En consecuencia, estando avanzados los trabajos para la aprobación y próxima publicación de unas nuevas órdenes de subvenciones para los respectivos ámbitos de turismo, comercio y deporte, se hace necesario la derogación de las Órdenes hasta ahora vigentes.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y del artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo Único. Derogación.

Quedan derogadas la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, la Orden de 12 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de turismo, la Orden de 9 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía y la Orden de 15 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de procedimientos.

Los procedimientos administrativos no finalizados de las distintas modalidades de subvenciones referidas en las Órdenes derogadas, que estén siendo tramitados a la entrada en vigor de la presente Orden, continuarán tramitándose hasta su finalización de conformidad con la normativa vigente en el momento de su inicio.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2010

Luciano Alonso Alonso

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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