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Una vez intentada la notificación del acuerdo de incoación de expediente de reintegro de la subvención concedida a la entidad beneficiaria que se cita a continuación al amparo de la Orden de 1 de febrero de 2006, por la que se regula la Convocatoria de Ayudas Públicas correspondientes al ámbito competencial de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, para el ejercicio de 2006, y debido a la imposibilidad de practicar la misma, en el domicilio que consta en los expedientes, actuando de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar el acto administrativo a continuación especificado.
Beneficiario: Asociación de Minusválidos Físicos de Archidona y Comarca.
Modalidad: Mantenimiento de sede.
Importe: 2.500 €.
La Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga acuerda la iniciación del Expediente de reintegro de la subvención concedida a los citados beneficiarios, con motivo del incumplimiento de la obligación de justificar el empleo de la subvención para los fines y las condiciones en que se concedió, de conformidad con lo establecido en el art. 112 de la Ley 5/83, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza.
Málaga, 25 de enero de 2010.- La Delegada, Amparo Bilbao Guerrero.
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