Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

Anuncio de 19 de febrero de 2010, de la Secretaría General Técnica, por el que se solicita la subsanación del recurso administrativo interpuesto contra la Resolución de la Directora General de Espectáculos Públicos y Juego, recaída en el expediente que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a la recurrente María Rosa Kostka Geb Álvarez Ruiz, para la subsanación del recurso administrativo interpuesto contra la resolución de la Directora General de Espectáculos Públicos y Juego, en el expediente núm. 2010-61-1 , por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

«Acusamos recibo de su escrito, en el que solicita indemnización por daños y perjuicios, presuntamente ocasionados como consecuencia de la actividad de esta Consejería. Con el mismo se inicia un procedimiento de responsabilidad patrimonial, que se instruirá y tramitará por este Servicio de Legislación, dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, con el número de expediente 2010/61/1 y conforme a las previsiones contenidas en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, regulador del procedimiento de responsabilidad de las Administraciones Públicas.

Dado que en el mismo se omiten datos esenciales, necesarios para la tramitación de su expediente, en base al artículo 6.1 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, antes citado y el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le requiere para que aporte la documentación donde consten los siguientes datos:

- Especificación de las lesiones producidas o perjuicio sufrido.

- Momento en que la lesión efectivamente se produjo, con indicación de los salones de bingo y/o casinos donde se ha producido el acceso, con expresión de su nombre y localización, fechas y otras circunstancias que permitan valorar el mal funcionamiento administrativo alegado.

- Evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, dado que no concreta cantidad alguna en su escrito ni tampoco acredita una estimación del perjuicio sufrido.

A la mencionada documentación podrá acompañar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime oportunos.

Se le informa, de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común antes citado que, de no aportar los datos solicitados en un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la recepción de esta comunicación, se considerará la imposibilidad de continuar el procedimiento y se le tendrá por desistida de su petición, previa Resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La Jefa del Departamento de Legislación, Informes y Recursos. Fdo.: Aranzazu Blanco Higuera.»

Sevilla, 19 de febrero de 2010.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

Descargar PDF