Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

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Consejería de Empleo

ANUNCIO de 16 de marzo de 2010, de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por el que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

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Resolución de 16 de marzo de 2010 de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación de la sanción por infracción muy grave en materia de Prevención de Riesgos Laborales a las empresas Sando e Instalaciones Inabensa UTE

El artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, establece que las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.

El Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, viene a desarrollar el mandato legal antes expresado, estableciendo las formalidades necesarias para la publicación de las sanciones impuestas por infracciones muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

La Orden de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, de 7 de febrero de 2008, ejecuta y desarrolla determinados aspectos del citado Real Decreto, fundamentalmente en la determinación del órgano competente para ordenar que se hagan públicas las sanciones, a los medios de publicación de las mismas y a la habilitación del Registro Público en el que se inscribirán las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

En virtud de los preceptos citados y conforme a la regulación contenida en el artículo 3.3 de la Orden de 7 de febrero de 2008, esta Dirección General de Seguridad y Salud Laboral,

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la publicación de la sanción impuesta en el Resolución de fecha 21 de diciembre de 2009, dictada por la Directora de Seguridad y Salud Laboral, acto administrativo que ha adquirido firmeza con fecha 5 de febrero de 2010, con la inclusión de los datos siguientes:

Nombre o razón social de la empresa: Construcciones Sando e Instalaciones Inabensa UTE.

Sector de actividad/CNAE: Construcción de edificios.

CIF: G91622217.

Domicilio social: Avda. San Francisco Javier, 20, Piso 20 Pta 26.

Preceptos legales de tipificación de la infracción cometida:

Constituye infracción a lo dispuesto a la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales conforme a lo dispuesto en el art. 5.2 del RDL 5/00 de 4 de agosto (BOE del 89, por el que se aprueba texto refundido de la LISOS) por incumplimiento de lo dispuesto en los arts. 24.3 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre (BOE del 10) y art. 42.3 del RDL 5/2000 de 4 de agosto (BOE del 8).

La infracción está tipificada y preceptivamente calificada de muy grave en el art. 13.14 del RDL 5/2000 de 4 de agosto (BOE del 8). La sanción se propone en grado mínimo conforme a lo dispuesto en el art. 39.1 del RDL5/00 de 4 de agosto (BOE del 8).

Sanción impuesta: 40.986 euros.

Fecha extensión acta de infracción: 13 de julio de 2009.

Fecha de firmeza de la sanción: 5 de febrero de 2010.

Segundo. Acordar la incorporación de los datos señalados en el ordinal anterior al Registro de Sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección General, registro de carácter administrativo único para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de consulta pública.

Los datos registrales correspondientes a la sancione impuesta se cancelarán a los cinco años a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de marzo de 2010.- La Directora General, Esther Azorit Jiménez.

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