Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 10 de marzo de 2010, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace público el Acuerdo de 9 de marzo de 2010, de la Sección de Administración General, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias auténticas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Administración General de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 9 de marzo de 2010, de la Sección de Administración General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia para la autentificación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Granada, 10 de marzo de 2010.- El Secretario General, Sergio García Megías.

ANEXO

ACUERDO DE 10 DE MARZO DE 2010, DE LA SECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL EN GRANADA, POR EL QUE SE DELEGA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE SE CITA

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

Los artículos 23 y 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autentifcación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a la Jefatura de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos y esta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pueden ser autenticadas previo cotejo por los responsables de los Registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por todo ello,

ACUERDO

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el Registro General de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Granada, atribuida a la Jefatura de Sección de Administración General, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, queda delegada en los funcionarios y funcionarias que desempeñan el puesto que a continuación se cita:

Código 7834910 Jefe Serv. Protección de Menores. José Puerta Alarcón.

Código 1604010 Asesor Técnico. Fernando Egea Fernández-Montesinos.

Código 9810210 Ng. Inspección. Araceli Leyva Contreras.

Código 1600310 Ng. Personal. Cristina Yolanda López Fernández.

Código 1831110 Asesor Técnico. Emilio García Aranda.

Código 1831210 Asesora Técnica. Olga de Haro Roldán.

Código 1599710 Jefe Serv. Acción e Inserción Social. Antonio Manuel Ortiz Fernández.

Código 12063110 Administrativo. M.ª Angustias Carmona Villaespesa.

Código 1837210 Jefatura de Negociado de Control y Seguimiento. Miguel Ángel Díaz Pérez.

Código 7089210 Ng. Autorizaciones. Francisca Serrano Ruiz.

Código 1831410 Ng. Conciertos. Jesús Pablo Villar Ortiz.

Código 1602910 Titulado Superior. Marcelino Calvo Arriaza.

Código 1603210 Auxiliar Administrativo. Eva Chans López.

Código 813110 Jefa Departamento Régimen Jurídico. Elena Guerrero Ginel.

Código 813410 Negociado de seguimiento y control de Subvenciones. Heriberto Robles Ortega.

Código 1626610 Jefa Sección Prestaciones No Periódicas. M.ª de Gádor Enciso Sánchez.

Código 12063010 Administrativo. Cristina N. Rodríguez Aragón.

Código 1603210 Auxiliar Administrativo. M.ª Dolores García Martín de Rosales.

Código 1603210 Auxiliar Administrativo. Amelia Tribaldos Sánchez.

Código 1602910 Titulado Superior. María Inmaculada Puerta Puertas.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Granada, 10 de marzo de 2010. La jefa de Sección de Administración General. Fdo.: Carmen Muros Muros.

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