Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 06/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 5 de febrero de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se adjudica una beca de formación en el Área de la Estadística Pública en el Sistema Estadístico de Andalucía.

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Mediante Resolución de 12 de febrero de 2009, del Instituto de Estadística de Andalucía, se adjudicaron una beca de formación y una de investigación en el Área de la Estadística Pública correspondientes a la convocatoria establecida en la disposición adicional única de la Orden de 20 de agosto de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 169, de 26 de agosto). Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la referida Orden por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.

Las referidas becas fueron prorrogadas por un período de diez meses mediante Resolución de 16 de julio de 2009 del Instituto de Estadística de Andalucía.

La becaria doña Inmaculada Herrera Delgado, con DNI núm. 28.630.265-A, adjudicataria de una beca de formación renunció a la misma. En dicho supuesto, la referida Orden ha previsto la sustitución de la becaria, a la persona candidata siguiente en la relación ordenada elaborada por la Comisión de Selección, siempre que este período permita cumplir con la finalidad de la beca.

Según consta en el acta de la sesión de la Comisión de Selección celebrada el día 24 de noviembre de 2008, la persona candidata siguiente en la relación ordenada por puntuación elaborada por la Comisión de selección para la titulación correspondiente:

- Licenciatura en Economía, es don Jaime Oliver Martínez, con DNI 45.583.163-S, tras la renuncia de doña Amalia Maqueda Torres, con DNI núm. 28.800.520-N.

Vistos los antecedentes y en virtud de lo señalado en el artículo 14.4 de la Orden de 20 de agosto de 2008,

RESUELVO

Primero. Adjudicar una beca de formación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía a don Jaime Oliver Martínez, con DNI 45.583.163-S, por el período comprendido entre el 8 de febrero de 2010 y el 19 de junio de 2010.

Segundo. La dotación de esta beca comprende:

a) Una asignación mensual de 1.230 euros para la beca de formación que se abonará por mensualidades vencidas durante todo el período de disfrute de la beca de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.a) de la Orden de 20 de agosto de 2008.

b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

c) Otros gastos de carácter extraordinario ocasionados por la actividad, previa autorización expresa de la persona titular de la Dirección del Instituto de Estadística de Andalucía.

La beca está financiada con cargo a la aplicación presupuestaria siguiente: 01.10.31.01.00.480.00.54F.7.

Tercero. Las condiciones de disfrute de la beca y las obligaciones de la persona becaria son las establecidas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 20 de agosto de 2008.

Cuarto. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca procedente de cualesquiera otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Quinto. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta resolución, la persona adjudicataria deberá proceder a la aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se derivan de la Orden de 20 de agosto de 2008 y declarará expresamente no estar incursa en la incompatibilidad señalada anteriormente, y presentará la renuncia a otras becas, en su caso.

Transcurrido el citado plazo sin haberse efectuado la aceptación y declaración referidas o, en su caso, sin haberse presentado la renuncia a otras becas, la resolución de concesión perderá su eficacia, acordándose el archivo previa resolución que se notificará a la persona interesada.

También quedará sin efecto la adjudicación si la persona seleccionada no se incorporase en el plazo establecido en la presente resolución, salvo que medie causa justificada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de febrero de 2010.- El Director, Pedro Eugenio Gracia Vitoria.

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