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La Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 176/2009, de 19 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 10 de febrero de 2009, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00296/2009, del perímetro sur del monte público «Baldíos de Algodonales», propiedad del Ayuntamiento de Algodonales y sito en el mismo término municipal, provincia de Cádiz, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte «Los Corrales, Fuente la Sierra, La Muela y Baldíos», Código de la Junta de Andalucía CA-51006-AY, propiedad del Ayuntamiento de Algodonales y sito en término municipal de Algodonales, provincia de Cádiz, relativo al perímetro Sur del monte “Baldíos de Algodonales”.
2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente.»
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, sita en Pza. Asdrúbal, s/n. Edificio Junta de Andalucía, 11071, Cádiz, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Cádiz, 15 de marzo de 2010.- La Delegada, M.ª Gemma Araujo Morales.
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