Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 14 de diciembre de 2009, por la que se resuelve inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la iglesia de la Victoria, en Archidona (Málaga).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación, conservación y difusión del mismo.

El artículo 9.7.b) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone que la resolución del procedimiento de inscripción en el Catálogo corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico cuando se trate de la inscripción de bienes de catalogación general.

Según la disposición transitoria primera de la citada Ley, la tramitación de los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural y de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa en virtud de la cual se iniciaron, si bien su resolución se efectuará conforme a la presente Ley.

La disposición adicional segunda de la mencionada Ley, refiriéndose a la equiparación de las figuras de protección, establece que los bienes inscritos con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, tendrán la consideración de bienes de catalogación general.

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero. Según lo dispuesto en el artículo 12.1 de la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inclusión gratuita en el Registro de la Propiedad de la inscripción.

II. Situado al norte de la provincia malagueña, encaramado a la Sierra de Gracia, se ubica el municipio de Archidona, lugar de confluencia de los caminos históricos que comunicaban las ciudades de Sevilla y Granada durante la etapa de dominación musulmana de la Península Ibérica.

En la convergencia de dos de las principales calles del municipio, la calle Carrera y la calle Nueva, se levanta, sobre el solar que ocupaba la antigua ermita de Santa Catalina, la iglesia de la Victoria, en el que fue uno de los espacios públicos de Archidona más emblemáticos y populares hasta el siglo XVIII.

Con su fuerte impronta manierista, la iglesia de la Victoria, responde perfectamente al tradicional diseño de iglesias conventuales propias del siglo XVI-XVII. Pese a los diversos avatares históricos y cambios estructurales acontecidos sobre el edificio, en la actualidad, mantiene una relevante función social y religiosa, ya que es sede de dos de las cofradías de mayor raigambre entre los vecinos de la ciudad, las cofradías del Huerto y la del Dulce Nombre de Jesús.

Todo esto hace que la iglesia de la Victoria, en Archidona (Málaga), se haya convertido en uno de los edificios más importantes del municipio malagueño, y merezca ser reconocido como bien integrante del Patrimonio Histórico Andaluz.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 7 de junio de 1992 (BOJA, número 67, de 16 de julio de 1992), incoó procedimiento de inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la iglesia de la Victoria, en Archidona (Málaga).

De acuerdo con el artículo 9.2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y el artículo 12.2 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, y en aplicación de la Disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, se cumplieron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento y Organismos afectados y de puesta de manifiesto a los interesados, así como de informe de Institución Consultiva, habiendo emitido informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga en su sesión celebrada el 16 de marzo de 2006.

Terminada la instrucción del procedimiento, y según lo dispuesto en el artículo 9.7.b) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, de la iglesia de la Victoria, en Archidona (Málaga).

Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la iglesia de la Victoria, en Archidona (Málaga), cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados y en el Registro de la Propiedad.

Tercero. Ordenar que la presente Orden se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de diciembre de 2009

Rosario Torres Ruiz

Consejera de Cultura

ANEXO

DENOMINACIÓN

Principal: Iglesia de la Victoria.

Accesoria: Antiguo convento de los Mínimos.

LOCALIZACIÓN

Provincia: Málaga.

Municipio: Archidona.

Dirección: C/ Carrera, núm. 2.

DELIMITACIÓN

La delimitación del Bien afecta, como se representa en el plano adjunto, a la totalidad de la Parcela 09, Manzana: 68652.

DESCRIPCIÓN

La iglesia de la Victoria es de planta basilical con tres naves, separadas por arcos de medio punto sobre pilares cruciformes de orden gigante, con pilastras adosadas y presbiterio rectangular elevado.

La nave central, cubierta con bóveda de medio cañón rebajada con lunetos ciegos, se apoya en un entablamento dórico con triglifos y metopas que presentan una variada decoración floral y sobre el que discurre una sobresaliente cornisa. Las naves laterales, de menor altura, se cubren en alternancia, con bóvedas vaídas y casquetes esféricos. Sobre estas, en el segundo piso, se habilitan tribunas, tres a cada lado, que se abren a la nave central mediante pequeños balcones adintelados sobre peanas con decoración vegetal en yeso, a excepción de la última tribuna del lateral derecho, junto al coro, que presenta una mayor proyección exterior y cuyas yeserías representan motivos decorativos de estilo indiano.

El crucero se cierra mediante una cúpula de ocho nervios, alzada sobre pechinas en las que se insertan yeserías con los escudos de los Girones, rodeados de una abundante decoración floral. Cada lado del crucero se cubre con bóvedas de cañón con lunetos, y en los paramentos se abren ventanas abocinadas cuadrangulares.

El presbiterio, rectangular, se eleva sobre un podio, separado por una balaustrada de madera, al que se accede mediante una escalinata abierta hacia la nave central. Cubriendo la totalidad del testero se ubica el retablo mayor, realizado en yeso, estructurado en dos pisos y tres calles, en las que se intercalan cuadros que representan a los Apóstoles en torno a la imagen de la Virgen. En el centro del retablo se abre un camarín de planta cuadrada, con bóveda semiesférica, dedicado actualmente al Dulce Nombre. A derecha e izquierda se abren dos puertas que dan acceso a una estancia que hace las funciones de trastero y a la sacristía, respectivamente. En uno de los muros de la sacristía encontramos lápidas del siglo XVIII, procedentes, posiblemente, de una antigua cripta. Desde aquí tenemos acceso al Camarín de San Francisco de Paula, un pequeño espacio de planta cuadrada situado en el brazo derecho del crucero, cubierto con bóveda sobre pechinas, en el que se desarrolla un intenso programa decorativo con verdadero «horror vacui», a base de detalles florales, heráldicos, angelotes y querubines policromados.

A los pies de la iglesia se encuentra el coro, de planta rectangular, con balaustrada de madera y cubierto con bóveda rebajada con lunetos, al que se asciende por una escalera de caracol con acceso desde la nave de la Epístola.

En el exterior del edificio, a excepción de la portada principal y la espadaña, carece de decoración. La portada, de estilo manierista, se estructura en tres cuerpos: el primero, realizado en ladrillo, consta de un vano adintelado flanqueado por pilastras sobre basamentos de mampostería, sobre el que destaca un grueso entablamento rematado por un frontón triangular partido; el segundo cuerpo se compone de pilastras pareadas que albergan una hornacina, y que sustentan el entablamento sobre el que se dispone el tercer y último cuerpo, formado por dos pilastras adinteladas en cuyo centro se abre un gran óculo. La espadaña, situada en un extremo de la fachada y realizada en ladrillo, consta de un primer cuerpo con dos arcos de medio punto flanqueados por pilastras, rematadas por un entablamento y un frontón partido con jarrones decorativos; y un segundo cuerpo, con arco flanqueado por pilastras y frontón triangular rematado por una veleta y una cruz de hierro forjado.

El programa decorativo del interior de la Iglesia se completa con un relevante conjunto de pinturas murales que cubren parcialmente sus paramentos, entre los que cabe destacar el fresco de «Las Ánimas», ubicado a los pies de la nave del Evangelio, donde se representas escenas del Juicio Final, la decoración mural que imita yeserías en el tramo de la nave lateral izquierda, junto al crucero y el fresco que representa una bóveda elíptica con nervios, con elementos florales, en el primer tramo de la nave de la Epístola.

Finalmente es digno de mencionar el conjunto de retablos situados en las naves laterales de la iglesia, que forman parte del patrimonio artístico del edificio, ubicados a ambos lados del crucero entre los que se pueden mencionar, por su relevancia, el retablo de la Inmaculada, realizado en madera policromada en color verde con remates dorados, que consta de una sola calle central con columnas corintias en la que se abre una hornacina de arco lobulado flanqueado por pilastras, que alberga la imagen escultórica de la Inmaculada. Sobre esta el retablo presenta un frontón curvilíneo, a base de volutas y molduras, en cuyo centro se coloca una cartela con el lema de los mínimos «CHARITAS», todo ello coronado por un sol radiante.

Así mismo destacar el retablo de San José, en el lado de la Epístola, de madera policromada en color dorado, que presenta un solo cuerpo sobre banco, enmarcado por pilastras con estípites. En el centro se abre una hornacina con arco de medio punto donde se sitúa la talla de San José con el Niño, a los lados, dos lienzos representan imágenes de santos con sus atributos. El resto del espacio está decorado con una intensa decoración a base de motivos florales, vegetales y roleos. Sobre la hornacina, en el centro del remate curvilíneo, se ubica una tabla con la imagen de la Virgen. Nuevamente el retablo está coronado por un sol radiante.

Descargar PDF