Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 28/04/2010

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Empleo

Orden de 6 de abril de 2010, por la que se nombran vocales del Foro Andaluz de la Inmigración.

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El Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, establece a la Consejería de Empleo la competencia relativa a la coordinación de las políticas migratorias.

El Decreto 55/2001, de 26 de febrero, por el que se regula el Foro Andaluz de la Inmigración, estable­ce en su artículo 7 el procedimiento para la designación y propuesta de sus vocales, tanto para los represen­tantes de las Administraciones Públicas como para los de las Organizaciones Sociales. Asimismo, el artículo 11 de dicho Decreto establece la duración del mandato de los vocales no pertenecientes a la Administración, que será de cuatro años a partir del día siguiente a su nombramiento.

Por Orden de 20 de diciembre de 2005, se nombran los vocales del Foro Andaluz de la Inmigración representantes de la Administración General del Estado, de la Administración Local y de las organizaciones sociales. Habiendo finalizado el mandato de dichos vocales procede la renovación del mismo de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 55/2001, de 26 de febrero. Requeridas y recibidas las propuestas de las Adminis­traciones y Organizaciones representantes, que no requieren proceso de selección, mediante la presente Orden se procede al nombramiento de las personas designadas.

Finalizada, asimismo, la vigencia del II Plan Integral para la Inmigración en Andalucía (2006-2009), instrumento de planificación y coordinación de todas las políticas de la Junta de Andalucía en materia de inmigración, está próximo a aprobarse el III Plan Integral (2010-2013) que lo sustituirá, requiriendo su tramitación la aprobación del Pleno del Foro Andaluz de la Inmigración.

Una vez oído el Foro Andaluz de la Inmigración, en su reunión del día 1 de diciembre de 2009, dada la finalización del mandato de aquellos vocales representantes de las asociaciones de inmigrantes y pro inmi­grantes, y teniendo en cuenta dichas circunstancias, resulta conveniente que continúen en sus funciones, en tanto se proceda a la adecuación de la norma reguladora y la resolución del procedimiento de renovación de los mismos.

Por todo ello, recibidas las propuestas y designaciones correspondientes, en el uso de las facultades que me corresponden,

DISPONGO

Artículo primero. Nombramiento de vocales del Foro Andaluz de la Inmigración.

Se nombran como vocales del Foro Andaluz de la Inmigración a las siguientes personas:

Por la Administración General del Estado:

Don Andrés Heras Sánchez, Subdelegado del Gobierno de Almería. Suplente: Don José Antonio Cor­tés Rico, Jefe de Gabinete del Delegado del Gobierno en Andalucía.

Don Manuel J. Bago Pancorbo, Subdelegado del Gobierno de Huelva. Suplente: Doña Silvia Raya Plazas. Asesora del Delegado del Gobierno en Andalucía.

Por la Administración Local:

Don Juan Antonio Millán Jaldón, Alcalde del Ayuntamiento de Cartaya.

Doña Ana Conde Trescastro, Alcaldesa del Ayuntamiento de Salar.

Don José García Fuentes, Concejal del Ayuntamiento de Motril. Suplente: Doña Josefa M.ª Cristo Cordero, Concejala del Ayuntamiento de Lepe.

Don Pedro Jiménez San José, Concejal del Ayuntamiento de Huelva. Suplente: Don Javier Mohedano Ruano, Concejal del Ayuntamiento de Tarifa.

Doña Trinidad Carmen Argota Castro, Diputada del Área de Igualdad y Ciudadanía de la Diputación de Sevilla.

Por las organizaciones sociales:

Por las asociaciones de inmigrantes:

Don Kamal Rahmouni, en representación de ATIME. Suplente: Don Sellam Rkayna.

Don Gregorio Gomes Ferreira, en representación de la Asociación Cultural Guinea Bissau Luso-Africano. Suplente: Don Aliu Queta.

Don Said Bentrika, en representación de CODENAF. Suplente: Doña Kaotar Boughlala.

Doña Touria El Jebari, en representación AMAL-Andaluza. Suplente: Doña Iksan Ben Terras.

Don Francisco Joao Lourenço, en representación de la Plataforma de Asociaciones de Inmigrantes. Suplente: Don Adul Jaló.

Por las asociaciones pro inmigrantes:

Doña María del Carmen Castellano Paredes, en representación de la Federación de Asociaciones Andalucía Acoge. Suplente: Don José Miguel Araguás Cerezo.

Doña Araceli Míguez Salas, en representación de Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad. Suplente: Doña Vanesa Medrano Álvarez.

Don José M. Mochón Martín, en representación de CEAR. Suplente: Doña María González Ruiz.

Doña Gabriela Stan, en representación de la Asociación Córdoba Acoge. Suplente: Doña Inés Caro.

Doña Alicia Vañó Bueno, en representación de la Federación de Mujeres Progresistas. Suplente: Doña Elena López Quintana.

Por las organizaciones sindicales:

Doña Rosa Berges Acedo, en representación de CC.OO. Suplente: Doña Nuria López Marín.

Doña Elena Peñalver Palomino, en representación de UGT. Suplente: M.ª Dolores Gavilán Sánchez.

Por las organizaciones empresariales:

Don Antonio Moya Monterde, en representación de CEA. Suplente: Don Luis Picón Bolaños.

Don Javier Ciézar Muñoz, en representación de CEA. Suplente: Don Vicente Pérez García de Prado, en representación de CEA-Asaja.

Por los medios de comunicación social:

Doña Pilar Suriñach, en representación de la Federación Andaluza de Asociaciones de Prensa. Suplen­te: Doña María José Gómez-Biedma.

Por personas de reconocido prestigio y organizaciones relacionadas con la inmigración:

Don Ignacio Romero Molina, en representación de Cruz Roja Española. Suplente: Doña Charo Miran­da Plata.

Don Juan A. Camacho Barrera, en representación de UAGA-COAG. Suplente: Doña Ana Chiara Ma­ta.

Disposición transitoria. Mandato de los vocales representantes de las asociaciones de inmigrantes y pro inmigrantes.

Los vocales pertenecientes a las asociaciones de inmigrantes y pro inmigrantes estarán en funciones hasta que se proceda a la convocatoria y resolución del proceso selectivo y el posterior nombramiento de los vocales seleccionados.

Disposición adicional. Instrucciones y medidas de ejecución.

Se faculta a la Directora General de Coordinación de Políticas Migratorias para dictar cuantas instruc­ciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de abril de 2010

manuel recio menéndez

Consejero de Empleo

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