Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 26 de julio de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se crea un Registro Auxiliar de Documentos.

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Los artículos 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, establecen el marco legislativo que debe regir los registros administrativos, el cual se desarrolla en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

El apartado 1 del citado artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, en su redacción dada por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía, dispone que en las agencias administrativas, en las agencias de régimen especial, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y en los órganos de ámbito inferior a la provincia que, en su caso, se creen existirá un Registro general o un Registro de carácter auxiliar.

Por su parte, el artículo 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, prevé que los responsables de los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos puedan establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos.

El artículo 11.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, con naturaleza de agencia de régimen especial, de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. Al haber quedado efectivamente constituida la Agencia a la entrada en vigor de Estatutos, aprobados por Decreto 99/2011, de 19 de abril, se hace preciso que en la misma exista un registro administrativo.

Asimismo, el artículo 38.8 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, en relación con el artículo 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, exigen hacer pública y mantener actualizada la relación de oficinas de registro así como sus horarios de funcionamiento.

A la vista de cuanto antecede y en el uso de las competencias otorgadas en los artículos 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, y 6.6.a) del Decreto 100/2011, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, y demás normativa de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Establecer el Registro Auxiliar de Documentos que se detalla en el Anexo a la presente Resolución, con horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes laborables.

Segundo. Dar publicidad a la creación de dicho Registro Auxiliar mediante la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la exposición en los tablones de anuncios correspondientes a los Registros Generales de Documentos de la Consejería de Agricultura y Pesca y de sus Delegaciones Provinciales, de los datos referidos a su ubicación y funcionamiento.

Sevilla, 26 de julio de 2011.- El Secretario General Técnico, Fernando Repiso Rubio.

ANEXO

Registro Auxiliar de Documentos: 1.

Centro: Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

Dirección: C/ Bergantín, 39.

Código postal: 41012.

Población: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

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