Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 25/05/2012

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 16 de mayo de 2012, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se dispone la notificación mediante publicación de la Resolución por la que se declara abandonada embarcación sin identificar que se encuentra en el puerto de Barbate.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 73.2 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, se procede, mediante publicación de extracto, a la notificación de la Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, de 14 de mayo de 2012, por la que se declara el abandono de la embarcación hallada en el puerto de Barbate sin datos de identificación que permitan determinar la propiedad de la misma, y cuyo tenor literal es el siguiente:

Mediante Acuerdo de 28 de marzo de 2012, a propuesta del Jefe de la Zona Portuaria de Cádiz Levante, se inicia procedimiento para la declaración de abandono de una embarcación sin identificar que se encuentra en las instalaciones del puerto de Barbate en situación de dejadez efectiva, y en situación de impago de las correspondientes tasas portuarias, sin que haya sido posible identificar a su titular.

Segundo. Instruido el procedimiento se comprueba que la embarcación tuvo entrada en el puerto el 25 de junio de 2003 por don José Ricardo Garrido Sánchez, sin que quien la introdujo en el puerto de Barbate aportara documentación o dato alguno sobre la misma.

Al aparecer serigrafiado en la misma el nombre «Parpujita» se solicitó de la Capitanía Marítima de Barbate datos e la misma, sin que estos coincidieran con los de la embarcación abandonada en el puerto.

Asimismo hay indicios que apuntan a que la embarcación pudiera denominarse «Encarni» coincidiendo los datos de tipo de embarcación, eslora y manga con los que obran en el Registro de Buques. No obstante consta que la embarcación «Encarni» fue dada de baja a petición de su propietario y que su desmantelamiento tendría lugar en Taller Miguel Rivas de Barbate; por lo que tampoco se ha podido ratificar que se trate de esta embarcación.

Tercero. En base a lo anterior el nombre de la embarcación pudiera ser «Parpujita» o «Encarni» y constando las siguientes características comprobadas:

- Matrícula: desconocida.

- Motor: Perkins 50 HP.

- Material: poliéster.

- Color: Blanco.

- Eslora: 7 m.

- Manga: 2,1 m.

Publicado el citado Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 70 el día 11 de abril de 2012 no se ha presentado alegación por persona alguna.

Al respecto, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, se considera una embarcación abandonada, a los efectos de la declaración de su abandono, entre otros, los barcos que no tengan matrícula o los datos suficientes para la identificación de la persona titular o consignataria de los mismos, que se encuentren en el puerto sin autorización.

La Agencia podrá adoptar la declaración de situación de abandono de un barco, lo que permitirá su traslado, varada, fondeo o tratamiento como residuo.

Corresponde a la Agencia la propiedad de los buques que hayan sido declarados en situación de abandono de acuerdo con dicha ley.

Segundo. La adopción del citado acuerdo exige, con carácter previo, la audiencia al titular, armador o consignatario, y, en el caso de que no fuera esta posible, su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, tramitándose el correspondiente procedimiento, conforme al indicado artículo 73 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre.

Tercero. La permanencia en la zona portuaria de bienes abandonados supone un perjuicio en la prestación de los servicios públicos, en tanto que, por un lado, entorpecen la actividad portuaria, y, por otro, merman la capacidad de ocupación por en el dominio público portuario; corresponde a la Agencia, conforme a lo establecido en el artículo 76.1 de la Ley de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, el ejercicio de las prerrogativas necesarias para adoptar las medidas que garanticen el interés común en orden a la óptima gestión del puerto.

Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 19.1.g) del Estatuto de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobado por Decreto 235/2001, de 16 de octubre, para la adopción de las medidas necesarias para garantizar la actividad portuaria, esta Dirección Gerencia de la Agencia Pública Puertos de Andalucía,

RESUELVE

Declarar abandonada la embarcación de poliéster de color blanco, de 7 metros de eslora y 2,1 de manga, con motor Perkins 50 HP, que se encuentra en el puerto de Barbate en situación de abandono desde 2003, desconociéndose sus datos de titularidad y de identificación aunque pudiera denominarse «Parpujita» o «Encarni», procediendo, una vez efectuada dicha declaración, su tratamiento como residuo.

Publíquese esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, realizando a cualquier persona que pudiera resultar interesada expresa advertencia de que contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 115.1 de la misma Ley y los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que podrá presentar en la Consejería de Fomento y Vivienda o en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Sevilla, 16 de mayo de 2012.- El Letrado Jefe, José María Rodríguez Gutiérrez.

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