Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 17/07/2012

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Consejería de Salud y Bienestar Social

Resolución de 28 de junio de 2012, de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz, mediante la que se hace pública la extinción de las pensiones sociales y económicas para minusválidos al amparo del Real Decreto 527/2008, de 16 de diciembre, en materia de subsidio de garantía ingresos mínimos.

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Habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el domicilio conocido, y de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican para que sirvan de notificación, las resoluciones dictadas por esta Delegación Provincial, por las que se acuerda extinción del derecho a la Pensión Social y Económica para Minusválidos, al beneficiario que se cita en el Anexo adjunto.

Igualmente se declara la obligación de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente, comunicándoles que en el plazo de diez días podrán presentar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes (art. 24.1. del referido Decreto 357/1991) y que transcurrido este plazo la resolución devendrá definitiva, y dentro del mes siguiente del cumplimiento del plazo anterior podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada en esta Delegación Provincial o ante la Secretaría General Técnica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Avda. Hytasa, Edif. de la Junta de Andalucía, 41071, Sevilla), o en los demás lugares establecidos para ello en el art. 38.4 de la citada Ley.

ANEXO

Expediente. de extinción de subsidio de garantía de ingresos mínimos, LISMI, con cobro indebido:

María Salomé Berjoyo Chaparro.

C/ Francisco García de Sola, 4–4.

Cádiz.

Fecha de la Resolución: 26.3.12.

Cantidad a devolver indebidamente percibida:

- 449,59 € en concepto de cuantía mensual que comprende los meses de enero a marzo de 2012.

- 268,91 € en concepto de ayuda económica de carácter extraordinario.

Cádiz, 28 de junio de 2012.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.

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