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Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 5075/2012.
Asunto: 800442/2012.
Autos de: Procedimiento Ordinario 316/2009.
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla.
Negociado: D.
Apelante: Jesús Ángel García-Quilez Gómez y Bankia.
Procuradores: Marta Ybarra Bores y Mauricio Gordillo Alcalá.
Abogado: José Manuel García-Quilez Gómez.
Apelados: Jesús Ángel García-Quilez Gómez, Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., y Bankia.
Procuradores: Marta Ybarra Bores y Mauricio Gordillo Alcalá.
Abogado: José Manuel García-Quilez Gómez.
EDICTO
Audiencia Provincial de Sevilla-Sección Octava.
Recurso: Recurso de Apelación Civil 5075/2012-D.
En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo fallo literalmente dice:
«Estimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de don Jesús Ángel García-Quilez Gómez contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla, con fecha 17 de junio de 2011, en el Juicio Ordinario núm. 316/09, desestimamos el recurso interpuesto por la entidad Bankia, S.A., y revocamos la Sentencia apelada en el solo sentido de señalar que las cantidades a las que condena devengarán el interés del 6% anual, quedando idénticos los demás pronunciamientos del fallo de esa resolución.
Las costas causadas por el recurso interpuesto por Bankia, S.A., se imponen a esta entidad al desestimarse su recurso, y sobre las costas causadas por don Jesús Ángel García-Quilez Gómez no se hace pronunciamiento expreso.»
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Asesores Inmobiliarios Milenium, S.L., por diligencia de ordenación de 17 de julio de 2012 el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.
En Sevilla, a diecisiete de julio de dos mil doce.- El/La Secretario Judicial.
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