Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 26/01/2012

3. Otras disposiciones

El Defensor del Pueblo Andaluz

Resolución de 16 de enero de 2012, por la que se convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno.

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El artículo 9.2 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integre sean reales y efectivas, removerán los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitarán la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Señalando su artículo 49 que los poderes públicos realizarán una política de integración de las personas con deficiencias físicas, sensoriales y psíquicas.

De forma semejante, el artículo 10.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge los principios contenidos en el artículo 9.2 de la Constitución.

Igualmente, la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, establece en su artículo 20 como objetivo de las Administraciones Públicas potenciar el fomento de prácticas profesionales como medida para posibilitar la integración en el mercado de trabajo. Junto a ello son principios rectores de esta Ley, entre otros, el de integración (artículo 4), el de normalización (artículo 5) y el de participación de la iniciativa social (artículo 3).

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz,

RESUELVO

Convocar una beca para la formación de persona con discapacidad psíquica, en tareas de apoyo a funciones del personal subalterno de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. La beca tendrá por objeto la formación de persona con discapacidad psíquica en tareas de apoyo a funciones propias del personal subalterno, como medida de formación para la su integración laboral.

Segunda. Podrán solicitar esta beca las personas que acrediten ser discapacitadas psíquicas y estén afectadas de un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Serán causas de exclusión las siguientes:

- Haber disfrutado beca de alguna administración pública en los últimos cuatro años por período superior a 6 meses o por tiempo superior a 480 horas.

- Contrato laboral o actividad como Trabajador Autónomo por período superior a seis meses en los últimos cuatro años o por tiempo superior a 480 horas.

- Haber sido adjudicatario de beca en esta Institución.

Tercera. La beca comprende las siguientes asignaciones:

a) Una asignación mensual de 500 euros, pagaderos por mes vencido.

b) Una asignación para un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica por un importe máximo de 300 euros, debiendo presentar en el Departamento de Gestión Económica de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz justificante de pago del recibo del seguro.

Cuarta. La duración de la beca será de un año. Al final de dicha fecha se entregará un certificado de realización de la misma.

La beca no podrá ser prorrogada.

Quinta. La adjudicación de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral o funcionarial entre el beneficiario o beneficiaria y el Defensor del Pueblo Andaluz, ni implica compromiso alguno por parte de esta Institución, al margen de los que se deriven del objeto y desarrollo de la presente convocatoria.

Sexta. La persona becada realizará su programa formativo bajo la dirección del Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca, y del Ujier Mayor, debiendo permanecer en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz durante 5 horas diarias de lunes a viernes, entre la 8,30 y 14,30 horas.

Aunque no tengan una relación laboral con la Administración, disfrutarán de los días festivos del calendario laboral, así como del mes de agosto, en concepto de vacaciones.

Asimismo, se les podrán conceder los permisos necesarios por motivos personales, con la solicitud previa de la persona interesada ante el Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca.

En ningún caso, salvo baja médica, la ausencia justificada o permitida de las prácticas puede superar el 20% de la jornada de trabajo en cómputo mensual. Si se superara este porcentaje el Defensor del Pueblo Andaluz podrá rescindir la beca.

Séptima. El Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca y el Ujier Mayor presentarán al Secretario General una evaluación trimestral de desarrollo del programa realizado por la persona becada. La valoración positiva será necesaria para la continuación del disfrute de la beca hasta el final del período señalado en la base cuarta.

Octava. Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figuran en el Anexo I, o fotocopia del mismo, y serán dirigidas al Defensor del Pueblo Andaluz, por cualquiera de los siguientes medios poniendo como referencia o asunto «BECA»:

- Presentación en la sede de la Oficina.

- A través de la Sede electrónica de la Institución (http://www.defensor-and.es/sede-electronica/index.html).

- Fax: 954 214 497.

- Correo postal: C/ Reyes Católicos, 21, 41001, Sevilla.

- Por correo electrónico: defensor@defensor-and.es.

Deberán adjuntar los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificado de minusvalía y dictamen técnico facultativo actualizado de los órganos competentes de cualquier Administración Pública que acredite la condición de discapacitado psíquico y el grado de minusvalía.

c) Currículum vitae del solicitante, adjuntando fotocopias compulsadas de los documentos que justifiquen los méritos alegados. Tendrá validez cualquier compulsa efectuada por un organismo público.

d) Declaración jurada de no haber disfrutado de beca de alguna administración pública en los cuatro últimos años por periodo superior a 6 meses o por tiempo superior a 480 horas.

e) Informe actualizado de Vida Laboral.

f) Informe de período de inscripción.

Novena. La valoración de los méritos se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Sobre la formación: Se valorará en este apartado la formación reglada según consta en el apartado «Titulación» y toda aquella formación que a juicio de la Comisión de Selección pueda aportar elementos que ayuden al desarrollo de las tareas que se le va a encomendar –labores de apoyo a funciones de personal subalterno–. A modo de ejemplo se tendrán en cuenta la formación en tareas administrativas en general, ofimática, internet a nivel de usuario, manejo de fotocopiadoras, clasificación de documentos, etc., hasta un total de 5 puntos.

Asignación de la puntuación en función de tipo de formación:

Titulación:

- Certificado de escolaridad: 1 punto.

- Programa de garantía social: 2 puntos.

- Graduado escolar o cualquier otra titulación superior: 3 puntos.

- Otros cursos: 0,04 puntos por cursos oficiales –se entiende por cursos oficiales aquéllos que han sido impartidos u homologados por organismos oficiales– hasta 20 horas y 0,04 puntos por cada 20 horas o fracción en los que se tenga acreditado el aprovechamiento del curso. En caso de no tenerlo acreditado o tratarse de cursos no oficiales, la puntuación será de 0,02 puntos hasta 20 horas y 0,02 por cada 20 horas o fracción. Para considerar los cursos del presente apartado, en la documentación aportada deberá constar las horas del curso en cuestión.

En caso de certificado que acredite varios meses de duración, por mes se computará 60 horas. Por período inferior o igual a un mes, se computarán 20 horas.

b) Experiencia laboral anterior en actividades semejantes a las que deben desarrollarse de acuerdo con esta convocatoria solo se tendrán en cuenta los trabajos realizados en base a contrato laboral o beca en prácticas, no se valorarán las prácticas de cursos, debiendo acreditarse mediante certificación de vida laboral y copias de contratos y, en caso de beca en prácticas, certificación del Organismo público y copia de la convocatoria: Hasta 2 puntos (0,1 por mes completo). Se considerará mes completo siempre que el cómputo de la jornada mensual iguale o supere las 100 horas. Si no es así se efectuará el consiguiente prorrateo. En el caso en que no se especificara o no se pudiera comprobar el numero de horas de la jornada se valorará como jornada de 50 horas mensuales.

Cualquier otra actividad no contemplada en estos supuestos se valorará como curso no oficial, siempre que se acredite y sea en actividades que a juicio de la Comisión ayuden a realizar las tareas.

c) Estar inscrito como demandante de empleo, al menos con un año de antigüedad, 1 punto.

d) Primer puesto de trabajo, 1 punto.

e) Estar inscrito en alguna entidad, asociación o fundación sin fin de lucro promovida por los familiares de las personas con discapacidad o sus representantes legales: 1 punto.

f) Valoración de la entrevista personal, máximo dos puntos.

La propuesta de concesión de beca recaerá en la persona que tenga mayor puntuación, y en caso de empate, quien hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado a) de este baremo, y de persistir el empate, quien haya obtenido menor puntuación en el apartado b).

Décima. La Comisión de Selección estará constituida por un Adjunto o una Adjunta del Defensor del Pueblo Andaluz, quien presidirá la Comisión, siendo los Vocales de la misma una persona representante de la FEAPS de Andalucía, y los Jefes de los Departamentos de Documentación y Biblioteca, y de Gestión Económica, de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, actuando este último como Secretario.

La Comisión actuará como órgano instructor del procedimiento de concesión de la beca y tendrá atribuidas las funciones siguientes:

a) Examinar las solicitudes y la documentación aportada y comprobar los datos en virtud de los cuales se ha de adoptar la resolución.

b) Valorar las solicitudes de acuerdo con el baremo que se establece en la base novena de esta convocatoria.

c) Requerir a las personas solicitantes para la corrección o mejora de la solicitudes.

d) Realizar una entrevista personal a las personas aspirantes, con las cinco mejores puntuaciones de la aplicación del baremo. Dicha entrevista consistirá en preguntas sobre aspectos relativos a habilidades personales, laborales y sociales.

e) Formular la propuesta de concesión de beca a la persona seleccionada.

f) Establecer lista ordenada de suplentes, para los supuestos de renuncia, revocación u otras causas que dejen vacante la plaza de la beca objeto de convocatoria.

Undécima. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el décimo quinto día natural a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Finalizado el plazo de solicitudes se publicará en la página web de la Institución la relación de admitidos y excluidos, fijándose un plazo para subsanación de diez días naturales.

Duodécima. La Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz nombrando a la persona propuesta por la Comisión de Selección se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Institución.

Decimotercera. La persona seleccionada deberá tomar posesión en el plazo de quince días desde la publicación de su nombramiento.

Sevilla, 16 de enero de 2012.- El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo de la Rubia.

ANEXO I

CONVOCATORIA DE UNA BECA DESTINADA A PERSONA CON DISCAPACIDAD PSÍQUICA PARA LA FORMACIÓN EN TAREAS DE APOYO A FUNCIONES DE PERSONAL SUBALTERNO EN LA OFICINA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

SOLICITUD

DATOS PERSONALES

Primer apellido: ............................................................................

Segundo apellido: .........................................................................

Nombre: ........................................................................................

DNI: ...............................................................................................

Dirección: ......................................................................................

Localidad y provincia: ...................................................................

Código Postal: .......................... Teléfono: ...................................

Fecha de nacimiento: ...................................................................

Asociación a la que pertenece: ...........................................................................................................................................................

MÉRITOS ALEGADOS (se acompaña documento acreditativo)

.......................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Firma de solicitante, o de su representante legal (comprometiéndose, en caso de concesión, a cumplir los requisitos de la presente convocatoria).

En ..............................., a ....... de ................ de .........

Excmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz.

Reyes Católicos, número 21.

41001, Sevilla.

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