Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 24/10/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva, dimanante de procedimiento ordinario núm. 888/2010. (PP. 2551/2012).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00013288.

NIG: 2104142C20100004641.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 888/2010. Negociado: bv.

Sobre: Resolución de contrato de arrendamiento.

De: Salvador Valera Muñoz.

Procuradora: Sra. María del Mar Saavedra López.

Letrado: Sr. Garrido Garrido, Lauro.

Contra: Groseven Huelva, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 888/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva a instancia de Salvador Valera Muñoz contra Groseven Huelva, S.L., sobre resolución de contrato de arrendamiento, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 151/12

En la ciudad de Huelva, a veintitrés de julio de dos mil doce.

Vistos por la Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, doña Susana Caballero Valentín, los autos de Juicio Ordinario núm. 888/10 seguidos a instancia de don Salvador Varela Muñoz, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María del Mar Saavedra López, y asistido del Letrado don Lauro Garrido Garrido, contra Groseven Huelva, S.L., declarado en rebeldía, en nombre de S.M. el Rey, procedo a dictar la siguiente resolución con base a los siguientes.

SENTENCIA NÚM. 151/12

FALLO

Que en la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña María del Mar Saavedra López, en nombre y representación don Salvador Varela Muñoz contra Groseven Huelva, S.L.

1.° Estimo íntegramente la demanda y declaro resuelto el contrato celebrado entre las partes de 24 de abril de 2007, y condeno a la entidad demandada a abonar al actor la cantidad de 25.253,46 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el completo pago de la deuda.

2.° Condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes indicando que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Huelva, debiendo interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan (artículo 458 LEC en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Agilización Procesal) y previa constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 458 de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/09, de 3 de noviembre, de modificación de la Ley 6/1985, del Poder Judicial).

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Groseven Huelva, S.L., extiendo y firmo la presente en Huelva a veinticuatro de julio de dos mil doce.- El/La Secretario.

Descargar PDF