Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 23/11/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 28 de septiembre de 2012, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 28 de septiembre de 2012, de la Sección de Personal y Administración General, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias, mediante cotejo, en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias auténticas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Personal y Administración General de esta Delegación Territorial es el órgano responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y arts. 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Hacer público el acuerdo de 28 de septiembre de 2012, de la Sección de Personal y Administración General de esta Delegación Territorial, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias, mediante cotejo, en el personal funcionario que se cita, cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución.

Sevilla, 28 de septiembre de 2012.- El Delegado, Francisco Díaz Morillo.

ANEXO

ACUERDO DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2012, DE LA SECCIÓN DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE EN SEVILLA, POR EL QUE SE DELEGA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE SE CITA

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas, a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

Los artículos 23 y 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), determinan que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados de dicho registro. Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares de documentos es la de facilitar la presentación de los escritos y esta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pueden ser autenticadas, previos cotejo por los responsables de los Registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por todo ello, Acuerdo:

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitadas en el Registro General correspondiente a la Delegación Territorial de Educación Cultura y Deporte en Sevilla, atribuida a la Jefatura de Sección de Personal y Administración General, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, queda delegada en los puestos de esta Delegación Territorial, denominados:

- Negociado de Información y Registro, con código 6957710.

- Titulado Superior (Depósito Legal y Propiedad Intelectual), código 6958810

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Sevilla, 28 de septiembre de 2012. La Jefe de la Sección de Personal y Administración General, Carmen Lafuente Arcos.

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