Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 04/12/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de noviembre de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 952/2011.

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Procedimiento: Social Ordinario 952/2011. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20110014549.

De: Don Dionicio Cantarran Orosco.

Contra: Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 952/2011 a instancia de la parte actora don Dionicio Cantarran Orosco contra Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 20.11.12 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Tener por desistido a Dionicio Cantarran Orosco de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.

Notífíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Datos de Órgano Judicial, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinte de noviembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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