Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 07/12/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 4 de julio de 2012, por la que se modifica la autorización del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus» de Almonte (Huelva). (PP. 2279/2012).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez, en nombre y representación de Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., por el que solicita una modificación de la autorización del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus» de Almonte (Huelva), al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Resultando que por Orden de 29 de agosto de 2011 (BOJA de 7 de noviembre), el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus» de Almonte (Huelva), con código 21006956, cuenta con autorización para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto y Balonmano.

Resultando que la entidad titular ha firmado un nuevo convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Almonte, para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Atletismo, Judo y defensa personal y Salvamento y socorrismo y que en el expediente ha recaído informe favorable del Servicio de Inspección de Huelva.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26),  de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Real Decreto 878/2011, de 24 de junio (BOE de 22 de julio), por el que se establece el título de técnico deportivo en Salvamento y socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; el Real Decreto 879/2011, de 24 de junio (BOE de 23 de julio), por el que se establece el título de Técnico deportivo superior en Salvamento y socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; el Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo (BOE de 21 de junio), por el que se establece el título de Técnico deportivo en Judo y defensa personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; el Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo (BOE de 21 de junio), por el que se establece el título de técnico deportivo superior en Judo y defensa personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso; el Real Decreto 254/2004, de 13 de febrero (BOE de 11 de marzo), por el que se establece el título de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en Atletismo, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus», código 21006956 y domicilio en Avenida de la Juventud, s/n (Centro de Congresos y Exposiciones CIECEMA), de Almonte (Huelva), del que es titular la entidad Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., quedando con la siguiente configuración:

a) Enseñanzas de grado medio conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo en:

- Fútbol: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Fútbol sala: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Baloncesto: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Balonmano: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Atletismo: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Judo y defensa personal: 2 grupos y 60 puestos escolares.

- Salvamento y socorrismo: 2 grupos y 60 puestos escolares.

b) Enseñanzas de grado superior conducentes a la obtención del título de Técnico deportivo superior en:

- Fútbol: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Fútbol sala: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Baloncesto: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Balonmano: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Atletismo: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Judo y defensa personal: 1 grupo y 30 puestos escolares.

- Salvamento y socorrismo: 1 grupo y 30 puestos escolares.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Huelva la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de julio de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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