Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 15/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Acuerdo de 31 de enero de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la enajenación directa del Silo de Cañete de las Torres, Córdoba.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular del siguiente inmueble:

Silo, de la red no básica de la Junta de Andalucía, para el almacenamiento de cereales ubicado en la calle Glorieta núm. 12, de Cañete de las Torres, que consta de construcción principal compuesta del Silo de 4.600, t.m. de capacidad, donde se ubican las 32 celdas o depósitos de almacenaje de cereal, así como el sistema de llenado y vaciado de las mismas y una nave adosada a éste que hace las funciones de almacén. Asimismo, consta de una antigua báscula que ha sido eliminada y actualmente se usa de vestuario y aseo y de una báscula moderna, en la parte Sur del solar, entre las dos cancelas de acceso. Tiene una superficie de 5.472 m² (5.232 m² de suelo y 929 m² construidos) y linda, al Norte, con Parcelas Catastrales 5 y 8 del Polígono 13, del t.m. Cañete de las Torres; al Sur, con calle Glorieta; al Este, con Solar Urbano núm. 12 de la calle Glorieta; y al Oeste con Parcela Catastral 9 del Polígono 13, del t.m. Cañete de las Torres.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Bujalance, al tomo 819, libro 184, folio 23, finca registral 1.578, con referencia catastral 3823006UG8932S0001MM.

Por Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 18 de noviembre de 1997, se encarga a la empresa Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. (DAPSA) la gestión de uso y aprovechamiento de los silos de la Red no Básica de la Junta de Andalucía; en base a ello, el 20 de septiembre de 2005, la Sociedad Cooperativa Agrícola Olivarera «Virgen del Campo», ubicada en Cañete de las Torres, formalizó con la citada empresa contrato de uso del Silo de la localidad, por un período de cinco años, procediendo a tomar posesión de las instalaciones el 18 de octubre de 2005.

La Sociedad Cooperativa Agrícola Olivarera «Virgen del Campo» ha solicitado la adquisición del referido inmueble, al objeto de acometer una serie de inversiones para la mejora de sus instalaciones, que lo dotarán de las condiciones necesarias para su mejor aprovechamiento.

El artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «la enajenación de los bienes inmuebles se hará mediante subasta salvo cuando el Consejo de Gobierno disponga otra cosa, si existen razones objetivas justificadas».

Las especiales características constructivas que concurren en el inmueble de referencia, que determinan su uso, y la circunstancia excepcional que supone su venta a la citada Sociedad Cooperativa que venía usándolo, refrendando así institucionalmente la labor iniciada por la misma hace seis décadas, justifican que la enajenación se acuerde de forma directa, con exclusión de la subasta, previa autorización del Consejo de Gobierno, como exige el artículo 186.2 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 31 de enero de 2012,

ACUERDO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 186.1 del Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se autoriza la enajenación directa del inmueble descrito en el expositivo de este Acuerdo a la Sociedad Cooperativa Agrícola Olivarera «Virgen del Campo», anotado con carácter patrimonial en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 2000/2223.

Del presente Acuerdo se dará cuenta a la Comisión de Hacienda y Administración Pública del Parlamento.

Segundo. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Acuerdo

Sevilla, 31 de enero 2012

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

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