Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 30/03/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 10 de febrero de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Motril, dimanante de procedimiento ordinario núm. 400/2009. (PP. 724/2012).

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NIG: 1814042C20090001879.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 400/2009. Negociado: MM.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: GMAC España Sociedad Anónima de Financiación EFC.

Procuradora: Sra. María Teresa Rojas Arquero.

Letrada: Sra. M.ª del Pilar Rodríguez Peón.

Contra: Avram Sarb y Gheorghe Timis.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento ordinario 400/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Motril a instancia de GMAC España Sociedad Anónima de Financiación EFC contra Avram Sarb y Gheorghe Timis sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 68/10

Juez que la dicta: Don José Rivilla Corzo.

Lugar: Motril

Fecha: Uno de julio de dos mil diez.

Parte demandante: GMAC España Sociedad Anónima de Financiación EFC.

Abogada: M.ª del Pilar Rodríguez Peón.

Procuradora: María Teresa Rojas Arquero.

Parte demandada: Avram Sarb y Gheorghe Timis.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. María Teresa Rojas Arquero, en nombre y representación GMAC España Sociedad Anónima de Financiación EFC frente a Avram Sarb y Gheorghe Timis, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 3.501,18 €, más intereses moratorios pactados desde la fecha de solicitud de procedimiento monitorio, y costas del procedimiento; con expresa declaración de temeridad en Avram Sarb en su forma de litigar.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 1754.0000.04.0400/09, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Avram Sarb y Gheorghe TimiS, para su inserción en el BOJA, extiendo y firmo la presente en Motril, a diez de febrero de dos mil doce.- La Secretaria Judicial.

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