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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por encontrarse en paradero desconocido, o ser desconocido o estar ausente del domicilio que figura en el expediente incoado. Podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en calle Tomás de Heredia, núm. 18, de Málaga (CP 29001), para la notificación del contenido íntegro del Acuerdo de Resolución Provisional de Desamparo a don Antonio López Hidalgo de fecha 12 de abril de 2012 de los menores J.A.L.T. y J.L.T. número de expedientes 352-2008-4072/4490 significándole que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Málaga, 19 de abril de 2012.- La Delegada, Ana M.ªNavarro Navarro.
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