Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 15/10/2014

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 25 de septiembre de 2014, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social con sede en Granada, dimanante de autos núm. 9/2014.

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NIG: 1808734S20141000029.

Negociado: MH.

Demanda de Sala: Impugnación convenio colectivo 9/2014.

Demandante: Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía.

Demandado: Alvac, S.A., José Manuel Guzmán Martín, Jesús Gutiérrez Fernández, Gabriel López Cueto, Ministerio Fiscal, José Antonio Ruiz Mateos Reales, José Manuel Tarriño Pino, Antonio José Vega de Alga, Abel Zaza González, Pedro Cazalla Alférez y José Manuel Garrido Prieto.

EDICTO

Doña Teresa Torres Marín, Secretaria de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social sede en Granada, certifico: En la Demanda de Sala núm. 9/2014 sobre Impugnación convenio colectivo, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Magistrados Iltmo. Sr. don Juan Carlos Terrón Montero, Iltmo. Sr. don Jorge Luis Ferrer González, e Iltmo. Sr. don Francisco José Villar del Moral. En Granada, a veinticinco de septiembre de dos mil catorce. La Sala de lo Social en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos Sres. citados y en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia, en la Demanda de Sala sobre Impugnación convenio colectivo núm. 9/2014, ha sido ponente el Iltmo. Sr. don Francisco José Villar del Moral.

Que estimamos la demanda formulada por la Confederación Sindical de CC.OO. de Andalucía y anulamos el Convenio colectivo de la Alvac, S.A., publicado en el BOJA de 14 de agosto de 2013, teniendo por desistida de la demanda frente a don Abel Daza González, y condenamos a la referida empresa y al resto de los codemandados Alvac, S.A.; José Manuel Guzmán Martín; Jesús Gutiérrez Fernández; Gabriel López Cueto; José Antonio Ruiz Mateos Reales; José Manuel Tarriño Pino; Antonio José Vega de Alga; José María Garrido Prieto; Pedro Cazalla Alférez; Ángel Gómez García, a estar y pasar por ello y notifíquese al Ministerio Fiscal a los efectos oportunos. Líbrese testimonio de la presente sentencia a la Autoridad laboral correspondiente a los efectos legales de constancia y de su publicación en el BOJA, en los términos establecidos en el art. 163, números 2.º y 3.º, de la LRJS.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interponerse recurso de casación que previenen los arts. 205 y sig. de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y que habrá de prepararse ante esta Sala dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no ostente la condición de trabajador, causa-habiente suyo o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita efectuar el deposito de 600 € para recurrir en la cuenta de esta Sala abierta en la cuenta de «Depósitos y Consignaciones» de esta Sala abierta con el núm. 1758.0000.80.0009.14 Grupo Banesto, en el Banco Español de Crédito, S.A., Oficina Principal (Código 4052), C/ Reyes Católicos, 36, de esta capital, o bien mediante transferencia a la cuenta número ES5500493569920005001274 (en el caso de ingresos por transferencia en formato electrónico), o a la cuenta núm. ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (para ingresos por transferencia en formato papel); en tales casos habrá de hacer constar, en el campo reservado al beneficiario, el nombre de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada y, en el campo reservado al concepto, el número de cuenta 1758.0000.80. 0009.14, sin cuyos requisitos se tendrá por no preparado el recurso.

Igualmente se advierte a la parte demandada que para la formulación del recurso de casación ordinario deberán presentar con la interposición del mismo debidamente cumplimentado y validado el modelo oficial que corresponda de los indicados en la Orden HAP/2662/12, de conformidad con lo establecido en la Ley 10/12, de 20 de noviembre.

Y para que así conste y en virtud de lo dispuesto en el art. 166 de la LRJS, expido el presente para su publicación en el BOJA.

Dado en Granada, a veinticinco de septiembre de dos mil catorce.- La Secretaria de la Sala, Teresa Torres Marín.

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