Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 30/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 31 de julio de 2014, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del legado documental de don Julio Alfredo Egea Reche a la Biblioteca de Andalucía.

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Mediante escrito presentado en la sede de la Biblioteca de Andalucía el 15 de julio de 2014, don Julio Alfredo Egea Reche expresa su deseo de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su ingreso en la Biblioteca de Andalucía, el conjunto de su legado documental.

Julio Alfredo Egea Reche es un poeta andaluz nacido en Chirivel (Almería), el 4 de agosto de 1926 . Estrechamente ligado a Granada, a donde se trasladó en los años cuarenta junto con su familia, y desde esa década toma parte en los movimientos literarios de esta ciudad, donde se convierte en fundador y redactor jefe de la revista Sendas, que en 1946 publicó un número monográfico dedicado a Federico García Lorca, siendo el primer homenaje escrito que se hizo en España al poeta granadino. En la siguiente década pertenece al grupo «Versos al aire libre», quedando incluido entre los poetas de Granada que forman parte de la generación «de los 50» (Elena Martín Vivaldi, José Carlos Gallardo, Rafael Guillén...), publicando sus primeros libros en la colección «Veleta al Sur», que surgió de aquel movimiento. Parte de su obra literaria, no incluida en los libros o comprendida en estos, está repartida por periódicos o revistas especializadas de España y América. Poemas suyos han sido traducidos al búlgaro, polaco, árabe, francés, inglés, alemán, italiano y portugués.

El legado ofertado, de gran valor intrínseco, se compone de documentos generados por la actividad literaria del poeta, organizados en tres grandes bloques:

- Manuscritos originales de las obras de Julio Alfredo Egea Reche.

- Correspondencia literaria con autores.

- Otros documentos: recortes de prensa, documentos personales, fotografías, textos y dedicatorias de otros autores, telegramas y tarjetas de comunicación de premios literarios y disquettes.

Es indudable su valor como Patrimonio Histórico Andaluz, al revelar una incuestionable importancia histórica, documental, bibliográfica y científica para la Comunidad Autónoma Andaluza. La adquisición por donación de dicho legado es de alto interés para la Junta de Andalucía, que favorecerá el conocimiento y el estudio del poeta Julio Alfredo Egea Reche y de buena parte de la memoria de nuestras letras en el siglo pasado que se conservan en su legado.

La Biblioteca de Andalucía, como centro designado por la ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación para constituirse en la biblioteca central del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación, tiene como misión la de recoger, conservar y difundir el Patrimonio impreso, gráfico, audiovisual o electrónico producido en Andalucía, así como también la de promover la investigación sobre autores o temáticas andaluzas, conjuntando distintos tipos de formatos y soportes documentales para el mejor servicio a la ciudadanía.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 2 de la misma, se hace constar expresamente que los documentos revelan un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran Patrimonio Histórico Andaluz.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, entendiendo éstos referidos a todos los bienes integrantes del patrimonio andaluz, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural o inscritos en el Catálogo. En dicho artículo se especifica que dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Industrias Creativas y del Libro, de conformidad con las disposiciones citadas, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de la colección documental de don Julio Alfredo Egea Reche, propiedad del mismo, y de que se toma posesión en este acto por la Consejería de Educación Cultura y Deporte.

Segundo. Asignar el referido fondo documental a la Biblioteca de Andalucía, atendiendo a la voluntad de su titular.

Tercero. Ordenar que, por el Director de la Biblioteca de Andalucía, se levante acta de ingreso definitivo, mencionando la presente Orden de aceptación, como depósito perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en plazo de dos meses a partir de la notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter previo, recurso de reposición, de conformidad con los dispuesto en el artículo 116 y siguientes, de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de julio de 2014

Luciano Alonso Alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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