Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 30/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1957/2012. (PP. 2222/2014).

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NIG: 2905442C20120007364.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1957/2012. Negociado: K.

De: Fetajo, S.L.

Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.

Contra: Don Antonio Astorga Burgos y Europea del Hábitat, S.A.

Procuradora: Sra. María Isabel Martín López.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1957/2012 seguido a instancia de Fetajo, S.L., frente a Europea del Hábitat, S.A., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SETENCIA NúM. 126

En Fuengirola, a 12 de mayo de 2014.

Doña María Isabel Jiménez-Alfaro Vallejo, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola, habiendo visto y examinado los autos de Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 1957/12, en ejercicio de acción declarativa dominio, en el que es parte demandante, la mercantil Fetajo, S.L., representada por la Procuradora doña Rosario de la Rosa Panduro en sustitución de don Guillermo Leal Aragoncillo y asistida por el Letrado don Genaro Ortega Clemte; y parte demandada, don Antonio Astorga Burgos representado por la Procuradora doña María Isabel Martín López y asistido por el Letrado don José Luis Navarro Rosado, que se allana; y también como demandada, la entidad European del Hábitat, S.A., en rebeldía procesal; dicta la presente de la que son:

FALLO

Estimando la demanda presentada por la mercantil Fetajo, S.L., representada por la Procuradora doña Rosario de la Rosa Panduro en sustitución de don Guillermo Leal Aragoncillo frente a don Antonio Astorga Burgos, que se allana, y la entidad European del Hábitat, S.A., en rebeldía procesal, debo declara y declaro la titularidad por parte de aquélla (mercantil Fetajo, S.L.), de las plazas de garajes descritas en la presente resolución, fincas registrales 21627 y 21629, del Registro de la Propiedad número 2 de Mijas, en virtud de contrato de compraventa de fecha de septiembre de 1997 (doc. 4 de la demanda) formaliza don Antonio Astorga Burgos en sus respectivas posiciones de entidad compradora y vendedor; ordenando la inscripción de dicho título en el Registro de la Propiedad, previa cancelación de cualquier otra contradictoria. Se acuerda imponer las costas procesales causadas a la codemandada entidad Europea del Hábitat, S.A., sin que proceda la condena al pago de las costas procesales al codemandado don Antonio Astorga Burgos.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer Recurso de Apelación conforme lo establecido en el artículo 455 de la LEC.

El recurso se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de 20 días, contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en las que base su impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC, redactado por el apartado doce del artículo cuarto de la Ley 37/11, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal).

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta expediente de este procedimiento, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Sra. Jueza que la ha dictado en el mismo día de su fecha estando constituido en audiencia pública, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Europea del Hábitat, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Fuengirola, a diecinueve de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Cáracter Personal.»

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