Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 25/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Orden de 19 de noviembre de 2014, por la que se da inicio al procedimiento para la modificación del Plan Funcional del Área de Logística de Interés Autonómico de Almería y se ordena a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la elaboración y tramitación de dicha modificación.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 12.6 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de trasporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con fecha 26 de julio de 2011, BOJA núm. 156, mediante Orden de la Consejera de Obras Públicas y Vivienda, se aprobó el Plan Funcional del Área Logística de interés autonómico de Almería.

Posteriormente, dada la especial relevancia de la actuación, las exigencias derivadas de la dimensión y calidad de las prestaciones demandadas por los usuarios y empresas del sector, así como por su función cualificadora de la ordenación territorial, mediante Orden de 22 de marzo de 2012, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, se dio inicio al procedimiento para la Declaración de Interés Autonómico del «Área Logística de Níjar» en el término municipal de Níjar (Almería), dando comienzo a la tramitación del correspondiente Proyecto de Actuación, de acuerdo con el régimen establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2012, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, se sometió dicho Proyecto de Actuación para la Declaración de Interés Autonómico del «Área Logística de Níjar», en el término municipal de Níjar (Almería), al trámite de Información Pública, junto con su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental.

Por otra parte, con el avance de los trabajos de redacción del proyecto de la LAV Murcia-Almería en estos últimos años, se han definido con más detalle las soluciones de trazado definidas en el Estudio Informativo aprobado con anterioridad al Plan Funcional.

Con todo, transcurridos tres años desde la aprobación del Plan Funcional, teniendo en cuenta el contexto urbanístico y de planificación territorial actual, y los cambios que se han producido en la planificación de las infraestructuras ferroviarias que afectan a la actuación, ya recogidos en el Proyecto de Actuación en tramitación, se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el documento.

En base a lo anterior, la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, entidad competente en virtud de la Ley 5/2001, de 4 de junio, ha solicitado la correspondiente modificación del Plan Funcional aprobado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.g) del Estatuto de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobado por Decreto 235/2001, de 16 de octubre, corresponde a dicha entidad proponer a la Consejería competente en materia de transportes la aprobación y modificación de los planes funcionales de los centros de transporte de mercancías.

Asimismo, el artículo 12.6 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, establece que la modificación de los planes funcionales de los centros de transporte de mercancías habrá de ser aprobada por la Consejeria competente en materia de transportes, siguiendo el procedimiento previsto para su establecimiento, es decir, con información pública y solicitándose informes a las Administraciones afectadas.

Por todo lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el citado artículo 12 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, en relación con el Decreto 150/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Vivienda,

DISPONGO

Primero. Dar inicio al procedimiento de modificación del Plan Funcional del Área Logística de Interés Autonómico de Almería, aprobado el 26 de julio de 2011, en los siguientes términos:

a) Adaptar el ámbito del Sector-1 del Plan Funcional al contemplado en el Proyecto de Actuación para la Declaración de Interés Autonómico del «Área Logística de Níjar», en el término municipal de Níjar (Almería), actualmente en tramitación.

b) Incorporar la ordenación del Plan Especial de Ordenación del «Área Logística de Níjar», formulado mediante Orden de 7 de noviembre de 2013, actualmente en redacción, garantizando la viabilidad de la futura conexión ferroviaria con la LAV Murcia-Almería.

c) Mantener las determinaciones que afectan al Sector-2, en el término municipal de Almería.

Segundo. Ordenar a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la realización de las actuaciones necesarias para llevar a cabo las modificaciones enumeradas en el dispositivo primero, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.6 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, llevando a cabo los trámites correspondientes de información pública y audiencia de las Administraciones afectadas, para su posterior elevación a esta Consejería que resolverá sobre su aprobación definitiva.

Tercero. La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de noviembre de 2014

ELENA CORTÉS JIMÉNEZ
Consejera de Fomento y Vivienda
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