Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 19/12/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de noviembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1111/2013.

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NIG: 4109142C20130034894.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1111/2013. Negociado: 4.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Rafael García Castro.

Procuradora: Sra. María Ángeles Roldán Morillo.

Contra: Grupo Ferro Inmobiliario, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1111/2013 seguido a instancia de Rafael García Castro frente a Grupo Ferro Inmobiliario, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 51/2014

En Sevilla, a diecisiete de marzo de dos mil catorce.

Vistos por don Antonio Jesús Cubero Gómez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de los de Sevilla y su Partido judicial, los presentes autos del juicio ordinario núm. 1111/2013, seguidos a instancia de don Rafael García Castro, representado por la Procuradora doña María Ángeles Roldán Morillo y asistido por la Letrada doña Araceli García Ruiz, contra Urbanizadora Rojas, S.L.U., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, de acuerdo con los siguientes:

FALLO

Que estimando de forma sustancial la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Ángeles Roldán Morillo en nombre y representación de don Rafael García Castro, contra Urbanizadora Rojas, S.L.U.

Primero. Declaro resuelto el contrato de compraventa de vivienda y plaza de garaje suscrito por las partes de fecha 22 de abril de 2.009.

Segundo. Condeno a la demandada a pagar actor la cantidad de treinta y un mil setecientos cuarenta y tres euros con ochenta céntimos (31.743,80) euros.

Tercero. Asimismo condeno a la demandada a que abone a la actora un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, computado sobre la suma objeto de condena desde la fecha de esta resolución hasta su completo pago.

Cuarto. Absuelvo a la demandada de los demás pedimentos formulados contra ella.

Quinto. Todo ello se entiende con expresa imposición a la demandada de las costas procesales.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en las que base su impugnación además de citar los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Y encontrándose dicho demandado, Grupo Ferro Inmobiliario, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a diez de noviembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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