Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 27/07/2015

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 3 de junio de 2015, de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias.

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Los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto de la Junta de Andalucía 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por el Decreto 237/2011, de 12 de julio, atribuyen al Rector las facultades y competencias recogidas en su artículo 51. El Rector para el desarrollo de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, será asistido, como mínimo, por los órganos unipersonales de gobierno que han de establecerse en la Universidades, según el art. 13.b) de la citada Ley Orgánica.

En aras de lograr una mayor agilidad, eficacia y coordinación en la gestión universitaria, al tiempo de facilitar el cumplimiento de los fines institucionales encomendados al Rector, evitando una sobrecarga y acumulación de funciones en su persona, sin merma todo ello de las garantías jurídicas de los particulares y de conformidad con la legislación vigente, se hace preciso delegar en diversos órganos unipersonales de la Universidad determinadas competencias, de conformidad a lo dispuesto en el art. 51 de los Estatutos de la Universidad de Almería y a lo preceptuado en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estableciendo al mismo tiempo la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado.

En función de lo que antecede, este Rectorado, en uso de las facultades que le son propias,

HA RESUELTO

Primero. Determinar la siguiente estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado:

1. Investigación, Desarrollo e Innovación. Vicerrector primero, quien sustituirá al Rector en los supuestos estatutarios establecidos.

2. Planificación, Ordenación Académica y Profesorado. Vicerrector.

3. Enseñanzas Oficiales y Formación Continua. Vicerrector.

4. Estudiantes y Empleo. Vicerrector.

5. Extensión Universitaria y Deportes. Vicerrector.

6. Internacionalización. Vicerrector.

7. Coordinación de Gobierno e Interacción con la Sociedad y las Empresas. Coordinador con rango de Vicerrector.

8. Comunicación y Coordinación de Tecnologías de la Información. Coordinador con rango de Vicerrector.

9. Campus, Infraestructuras y Sostenibilidad. Director General con rango de Decano.

10. Calidad. Director General con rango de Decano.

11. Doctorado. Director con rango de Decano.

12. Formación en Idiomas. Director con rango de Decano.

13. Inspección de Servicios. Inspector con rango de Decano.

14. Gerencia.

15. Secretaría General.

Segundo. Competencias. Corresponden a cada área las competencias delegadas que se relacionan a continuación:

2.1. Área de Investigación, Desarrollo e Innovación. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Transferencia de Resultados de la Investigación.

- Gestión de la Investigación.

- Servicios Centrales de Investigación.

- Equipamiento científico.

- Centros, institutos, cátedras y seminarios de investigación.

- Campus de Excelencia.

- Biblioteca.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.2. Área de Planificación, Ordenación Académica y Profesorado. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Planificar las necesidades docentes y gestionar la provisión, renovación y contratación del Personal Docente e Investigador.

- Negociar con los órganos de representación los puestos de trabajo del colectivo de Personal Docente e Investigador.

- Plan de Ordenación docente.

- Calendario Académico.

- Elaboración, implantación y seguimiento de la Planificación Estratégica.

- Seguimiento de Contratos. Programa con la Junta de Andalucía y con Centros y Departamentos.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.3. Área de Enseñanzas Oficiales y Formación Continua. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Planes de Estudio de Grado y Máster.

- Nueva oferta de Enseñanzas de Grado y Máster.

- Prácticas curriculares.

- Formación Continua.

- Formación del Profesorado.

- Innovación Docente.

- Enseñanza Virtual.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.4. Área de Estudiantes y Empleo. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Asuntos Sociales y servicios asistenciales.

- Empleo y emprendimiento.

- Información y gestión de becas y prácticas en empresas, tanto curriculares como extracurriculares.

- Promoción de la Salud y Atención Psicológica.

- Atención al estudiante (programas de alojamiento, reclamaciones, etc.).

- Información, planificación, formación y coordinación del voluntariado de los estudiantes de la Universidad de Almería.

- Orientación estudiantil, sea académica, vocacional o profesional

- Selectividad, acceso, permanencia en la Universidad y admisión a Centros.

- Relación con Enseñanzas Medias.

- Coordinación de las asociaciones estudiantiles.

- Competencias relativas en políticas de igualdad de género.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.5. Área de Extensión Universitaria y Deportes. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Promoción Cultural.

- Promoción del Deporte.

- Cursos de Verano y Otoño.

- Editorial Universidad de Almería.

- Universidad de Mayores.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.6. Área de Internacionalización. Corresponde al Vicerrector del ramo, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Movilidad Internacional de Universitarios.

- Promoción Internacional de la Universidad.

- Convenios con Instituciones Académicas Internacionales.

- Cooperación al Desarrollo Internacional.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.7. Área de Coordinación de Gobierno e Interacción con la Sociedad y las Empresas. Corresponde al Coordinador, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Coordinación transversal del Equipo de Gobierno.

- Interacción con la Sociedad y las Empresas.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.8. Área de Comunicación y Coordinación de Tecnologías de la Información. Corresponde al Coordinador, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Planificar la comunicación institucional.

- TIC.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.9. Área de Campus, Infraestructuras y Sostenibilidad. Corresponde al Director General, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Campus: Espacios y equipamientos.

- Planificación y Gestión de las Infraestructuras y su mantenimiento.

- Sostenibilidad y Oficina Verde.

- Seguridad de la UAL.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.10. Área de Calidad. Corresponde al Director General, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Diseño del Sistema de Gestión de Calidad.

- Seguimiento y acreditación de Títulos.

- Evaluación de la labor y calidad docente del Profesorado.

- Evaluación y mejora continua de la Administración y Servicios.

- Implantación del Sistema de Gestión de Calidad de la Administración y Servicios.

- Gestión de quejas y sugerencias.

- Responsabilidad Social Corporativa.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.11. Área de Doctorado. Corresponde al Director de la Escuela Internacional de Doctorado, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Organizar y supervisar el doctorado de la Universidad.

- Proponer la creación, modificación y supresión de los programas de doctorado.

- Velar por la calidad de los programas de doctorado.

- Garantizar que los programas de doctorado se adecuan a la estrategia de investigación de la Universidad.

- Planificar la oferta de actividades transversales o específicas para una formación adecuada de los doctorandos.

- Fomentar la cooperación interuniversitaria nacional e internacional en la organización de programas de doctorado.

- Favorecer la incorporación de doctores al sector empresarial.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.12. Área de Formación en Idiomas. Corresponde al Director, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

- Proporcionar una oferta formativa en lenguas extranjeras en los siguientes sectores:

- Miembros de la comunidad universitaria (estudiantes, PAS y PDI).

- Alumnos y profesores provenientes de los distintos convenios internacionales de la universidad.

- Proporcionar una oferta formativa de variedades profesionales de lenguas extranjeras a empresas locales y otros sectores del ámbito laboral.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.13. Área de Inspección de Servicios. Corresponde al Inspector, por delegación del Rector, el ejercicio de todas las competencias relativas al Área.

Este Área comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Supervisar el cumplimiento de las obligaciones académicas.

- Informar sobre incidencias en los servicios.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.14. Área de Gerencia. Ejercerá las funciones previstas en el artículo 23 de la LOU y las contempladas en el art. 59 de los Estatutos de la Universidad de Almería.

En materia de Personal de Administración y Servicios, ejercerá las siguientes competencias:

- Concesión de permisos, licencias y vacaciones del personal.

- Reconocimiento de antigüedad.

- Comisiones de Servicios por desplazamiento.

- Comunicaciones de altas y bajas en la Seguridad Social.

Con carácter general tendrá asimismo las competencias en materia de:

- Acción social.

- Asistencia a los miembros del Consejo de Dirección en los respectivos ámbitos de funciones.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

2.15. Área de Secretaría General. Este Área comprende, además de la funciones contempladas en el artículo 22 de la LOU y en los Estatutos de la Universidad de Almería, las siguientes:

- Delegación de las competencias atribuidas al Rector para la representación oficial de la Universidad ante los poderes públicos en materia judicial y administrativa.

- Responsable del régimen jurídico y del control de la legalidad de las actuaciones de la Universidad.

- Gestión de los Convenios con otras Instituciones.

Comisiones: Las que le asigne el Consejo de Gobierno o cualquier otro órgano.

Tercero. Avocación de competencias.

Todas las competencias que se delegan en la presente Resolución podrán ser en cualquier momento objeto de avocación por el Rector, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Asimismo, los Vicerrectores, Coordinadores, Directores y la Secretaría General, en el ámbito de las competencias que por esta Resolución se delegan, podrán someter al Rector los asuntos que por su trascendencia o peculiaridades consideren convenientes.

Cuarto. En su respectivo ámbito funcional, los Vicerrectores, Coordinadores, Directores y la Secretaría General desempeñarán los cargos, puestos o vocalías en los órganos colegiados o entidades, para los que resulte llamado el Rector, siempre que las disposiciones legales no lo prohíban.

En todo caso, el Rector se reserva la facultad de personarse por sí y preferentemente en los órganos o entidades que considere oportuno, bien con carácter permanente o bien en las sesiones que así lo exijan.

Quinto. Las Resoluciones adoptadas en el ejercicio de las delegaciones de competencias indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el Rectorado de la UAL, por lo que agotan la vía administrativa, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.4 de la LRJ.PAC y artículo 6.4 de la LOU.

En ningún caso podrán delegarse las competencias que se posean, a su vez, por delegación contenida en la presente Resolución.

Sexto. La presente Resolución será publicada, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en los tablones de anuncios del Rectorado.

Almería, 3 de junio de 2015.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

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