Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 09/10/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 478/2014. (PP. 2171/2015).

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NIG: 2906742C20140010456.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 478/2014. Negociado: 8.

Sobre: Ord.

De: Doña María del Carmen Pardo Álvarez.

Procurador Sr.: Alejandro Rodríguez de Leiva.

Letrado Sr.: Gabriel Muñoz Arjona.

Contra: Compañía de Comunidades Ibérica, S.A.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 478/2014 seguido a instancia de María del Carmen Pardo Álvarez frente a Compañía de Comunidades Ibérica, S.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia NÚmero 74/15

En la ciudad de Málaga a siete de mayo de dos mil quince.

Vistos por doña Isabel María Alvaz Menjibar, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia numero ocho de Málaga los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el numero 478/14 a instancia de doña María del Carmen Pardo Álvarez, representada por el Procurador don Alejandro J. Rodríguez Leiva y defendido por el Letrado don Gabriel Muñoz Arjona contra Compañía de Comunidades Ibérica, S.A., declarada en rebeldía.

Sobre otorgamiento de escritura publica.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador don Alejadro J. Rodríguez de Leiva en nombre y representación de doña María del Carmen Pardo Álvarez contra Compañía de Comunidades Ibérica, S.A., debo condenar y condeno a la entidad demandada a que otorgue escritura publica a favor de doña María del Carmen Pardo Álvarez provista de pasaporte de Cuba B288219 y NIE número X0163041-V, como compradora sobre la finca registral 10348/A correspondiente al Resgistro de la Propiedad número 6 de Málaga, sita en la Calle Venegas, s/n, portal 1, escalera izquierda, planta 1, puerta B4, de Málaga (hoy numero 10, esc. 1, planta 1,  puerta B2, según catastro).

Imponiendo las costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 458 LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, numero 2959, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Compañía de Comunidades Ibérica, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veinticuatro de julio de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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