Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 09/10/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de septiembre de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1258/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 1258/2012. Negociado: 1I.

NIG: 4109144S20120013864.

De: Doña Cristina Bermudo Andrade.

Contra: Eurosur Centro de Estudios, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1258/2012, a instancia de la parte actora doña Cristina Bermudo Andrade contra Eurosur Centro de Estudios, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 30 de septiembre de 2015 cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Cristina Bermudo Andrade contra las demandadas Eurosur Centro de Estudios, S.L., y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada Eurosur Centro de Estudios, S.L., a que abone al actor la suma de 6.321,35 euros más el 10% en concepto de interés por mora.

No se hace pronunciamiento expreso de condena respecto del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Eurosur Centro de Estudios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a treinta de septiembre de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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